Fecha de Publicación: 29/04/2003
Página: 87-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 30

 Comisión de Adecuación Presupuestal.
Aceptada la oferta del funcionario por el jerarca de la oficina de 
destino, la Comisión creada por el artículo 471 de la Ley Nº 16.226 del 
29 de octubre de 1991 efectuará la adecuación presupuestal 
correspondiente determinando el escalafón, grado y la remuneración que 
corresponda asignar. Para el cumplimiento de dicha actividad dispondrá de 
un plazo máximo de 90 días corridos contados a partir del día siguiente 
al de la recepción de las actuaciones remitidas a tales efectos por la 
Oficina Nacional del Servicio Civil.
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