Fecha de Publicación: 20/06/2017
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Decreto 154/017

Modifícase el art. 3° del Decreto 173/012,  con el objeto de extender el sistema de liquidación del IVA establecido para el juego denominado "Quiniela Instantánea", hasta la fecha que se especifica.
(1.664*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 12 de Junio de 2017

   VISTO: el Decreto N° 173/012 de 29 de mayo de 2012.

   RESULTANDO: que la norma aludida precisó la forma de determinación de la base de cálculo del Impuesto al Valor Agregado del juego denominado "Quiniela Instantánea", en atención a sus características objetivas.

   CONSIDERANDO: I) que la aplicación de dicho régimen de determinación del débito fiscal se estableció a condición de que se cumplieran determinadas obligaciones respecto al monto de los premios preestablecidos y a la aprobación de la emisión por parte de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas.

   II) que se ha dado cumplimiento a los extremos requeridos, por lo que corresponde extender el citado sistema de liquidación.

   ATENTO: a lo dispuesto por el literal K) del numeral 2° del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996, 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyese el artículo 3° del Decreto N° 173/012 de 29 de mayo de 2012, en la redacción dada por el Decreto N° 434/016 de 29 de diciembre de 2016, por el siguiente: 

        "ARTÍCULO 3°.- El régimen de liquidación del Impuesto al Valor
        Agregado establecido en el presente Decreto se aplicará a las
        emisiones realizadas desde el primer día del mes siguiente al de
        la vigencia de este Decreto, hasta el 30 de noviembre de 2017." 

Artículo 2

      Comuníquese, publíquese y archívese.

   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; DANILO ASTORI.
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