Fecha de Publicación: 22/06/2018
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 30

   Antes de la aplicación de cualquier reestructura de cargos o del sistema de remuneración, se deberá contar con el informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
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