Fecha de Publicación: 12/06/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 3

 La calificación de los funcionarios abarcará el período de trabajo
comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre y se referirá,
exclusivamente, a la actuación funcional desarrollada en dicho lapso, en
especial a lo que refiera a los Factores Conductuales y al cumplimiento de
las Tareas Individuales en base a objetivos y metas y con prescindencia de
las calificaciones otorgadas en ejercicio anteriores.

                               Capítulo III
                            De los Calificados
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