Fecha de Publicación: 12/06/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 34

 El funcionario calificado podrá realizar sus propias apreciaciones
personales sobre su desempeño conductual y cumplimiento de las tareas
individuales en el período de calificación, para lo que deberá completar
un formulario de autoevaluación que será entregado por el evaluador
primario.

El formulario de Autoevaluación del funcionario deberá ser remitido
directamente por éste a la Junta de Calificaciones dentro de los primeros
quince días del mes de enero de cada año. No serán de recibo formularios
de autoevaluación pasado dicho plazo.

                               Capítulo IX
                         De la Calificación Final
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