Fecha de Publicación: 12/06/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 46

 Sustitúyese el Art. 5 del Decreto del Poder Ejecutivo N° 166 de 7 de mayo
de 1996 el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 5° "El puntaje máximo de 40 (cuarenta) puntos referido en el
Artículo 3° respecto del concepto "Calificación", corresponde al mayor
puntaje posible en el concepto, asignándose los puntajes en el concepto de
forma proporcional a partir de la mencionada cifra."
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