Fecha de Publicación: 04/06/1997
Página: 465-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Decreto 170/997

Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa de 
la Unidad Ejecutoa 005 "Dirección Nacional de Arquitectura" del Inciso 10 
"Ministerio de Transporte y Obras Públicas".
(1.206*R)

Ministerio de Transporte y Obras Públicas
 Ministerio de Economía y Finanzas

                                           Montevideo, 27 de mayo de 1997

Visto: lo dispuesto en los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº 16.736
de 5 de enero de 1996 y en su Decreto reglamentario Nº 186/996 de 16 de
mayo de 1996;

Resultando: I) que los mismos refieren a la reformulación de las
estructuras organizativas de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto
Nacional, siendo aplicables a los demás Incisos comprendidos en el mismo;

II) que el Decreto Nº 186/996 fija las normas técnicas y de procedimiento
a que debe ajustarse la mencionada reformulación de estructuras
organizativas;

III) que de conformidad con dicho procedimiento, el Inciso 10 "Ministerio
de Transporte y Obras Públicas" ha presentado para su consideración por 
el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, el proyecto de 
reformulación, de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 005 
"Dirección Nacional de Arquitectura",

Considerando: I) que el proceso de reformulación de las estructuras
organizativas de los Incisos orientado en el sentido de la definición de
los cometidos sustantivos de la Administración, tiene por objeto el logro
de una mayor eficacia del Estado en su acción normativa, reguladora y de
control y de una mayor eficiencia en la prestación de los servicios;

II) que a los efectos señalados, en la tarea de reformulación se parte de
una redefinición de los objetivos estratégicos, procurando adaptar la
modalidad tradicional de la Administración hacia una más gerencial
centrada en los resultados de la gestión pública, cuyo fin último es la
satisfacción de las necesidades de los ciudadanos;

III) que de acuerdo con lo expuesto se busca concretar en cada proyecto 
de reformulación de estructuras organizativas, con base en una dirección 
estratégica, una clara definición de los cometidos sustantivos asumidos 
por la Administración; una descripción de la organización necesaria para 
cumplir con dicha definición estratégica y la previsión de los puestos de 
trabajo requeridos para su funcionamiento con un enfoque gerencial, todo 
ello enmarcado en un plan de implantación;

IV) que la modalidad gerencial a que se tiende privilegia la capacitación
y el desempeño eficiente, como centro de la política de recursos humanos 
y la recuperación de las capacidades gerenciales del sector público a 
través de la alta especialización;

V) que el proyecto presentado por el Inciso 10 "Ministerio de Transporte 
y Obras Públicas" para la Unidad Ejecutora 005 "Dirección Nacional de 
Arquitectura" ha sido analizado por el Comité Ejecutivo para la Reforma 
del Estado el que ha entendido que cumple con los objetivos de 
racionalización perseguidos, en tanto las adecuaciones o transformaciones 
que incluye resultan consistentes con los cometidos sustantivos asignados 
a la referida Unidad Ejecutora y, en cuanto recoge los criterios 
determinados en la Ley y su reglamentación;

VI) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a la
aprobación del proyecto de reformulacion de la estructura organizativa de
la Unidad Ejecutora de que se trata;

Atento: a lo precedentemente expuesto;

El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura 
organizativa de la Unidad Ejecutora 005 "Dirección Nacional de 
Arquitectura" del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" 
que consta de 10 fs, el que se considera parte integrante de este Decreto
cuya efectiva implantación estará condicionada al cumplimiento de lo
establecido en el artículo 713 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.

Artículo 2

   Cumplido el plazo de treinta días a que refiere el artículo 730 
de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, el Jerarca del Inciso 
procederá a declarar las excedencias de cargos y funciones contratadas 
resultantes. 
Dentro del término de sesenta días corridos, contados desde la fecha de
remisión a la Asamblea General del proyecto que se aprueba, el Jerarca 
del Inciso remitirá al Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado el 
detalle con especificación de destino de las economías generadas como 
consecuencia de la ejecución de dicho proyecto.

Artículo 3

   Facúltase al Jerarca del Inciso para que -previo informe 
favorable del Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado- efectúe las 
acciones concretas que resulten imprescindibles para cumplir con la 
efectiva implantación del proyecto que se aprueba, las que se comunicarán 
por el Poder Ejecutivo a la Asamblea General para su conocimiento.

Artículo 4

   Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc. 
SANGUINETTI - LUCIO CACERES - LUIS MOSCA.

REFORMULACION de la ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

INCISO 10 - Ministerio de Transporte y Obras Públicas
UNIDAD EJECUTORA 005 - Dirección Nacional de Arquitectura

Capítulo I - Objetivos estratégicos

La Dirección Nacional de Arquitectura es responsable del estudio,
proyecto, dirección superior y ejecución, o contralor de ejecución, de la
obra pública de arquitectura.

Su finalidad es optimizar la calidad de las obras definiendo, analizando 
y mejorando los procesos constructivos. Aprovecha al máximo la dinámica 
del mercado, tendiendo a la construcción de la obra pública de 
arquitectura mediante la contratación con terceros.

Procura reducciones de precios y plazos a través de soluciones que 
apunten al mejoramiento de la gestión y dentro de un marco de protección 
al medio ambiente.

Capítulo II - Cometidos

1. Cometidos sustantivos

* Realizar anteproyectos y proyectos de arquitectura comprendiendo obras
nuevas, reciclajes, reformas y restauraciones.

* Asesorar técnicamente en cuanto al proyecto y cálculo de estructura,
acondicionamiento sanitario, térmico, eléctrico y lumínico, realizando,
además relevamiento y planimetría topográfica.

* Evaluar costos realizando metrajes, presupuestos y ecuaciones
paramétricas, manteniendo información mensual de precios de materiales.

* Realizar "Obras por Administración Directa", elaborar sus presupuestos 
y cronogramas, ejecutarlas con mano de obra propia y supervisar a los 
subcontratistas.

* Contralor de la ejecución de "Obras por Contrato" realizando pliegos,
memorias, licitaciones, adjudicaciones, dirección superior y
certificaciones.

* Realizar el mantenimiento de los edificios del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas.

2. Cometidos con actividad prestacional fuera del ámbito de la
Administración Central.

2.1. Cometidos sustantivos

* Construcción de obras mediante contrato con empresas privadas.

* Apoyar con subcontratos la ejecución de obras por Administración
Directa.

* Realizar proyectos, cálculos y dirección de obras.

2.2. Cometidos de apoyo a los sustantivos

* Pagar sueldos.

* Desarrollar programas informáticos.

* Realizar tareas de limpieza.

* Realizar el mantenimiento de maquinarias, equipos y vehículos.

3. Cometidos de apoyo que permanecen en la Unidad Ejecutora

* Gerenciar los recursos humanos, materiales y financieros

Se mantiene el desempeño de las actividades de apoyo que están
directamente vinculadas a los cometidos sustantivos en función de la
especificidad de los mismos y se proyecta el gradual traslado de las
restantes al Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes,
Dirección General de Secretaría, de acuerdo con lo dispuesto por el
Decreto Nº 186/96 de 16 de mayo de 1996.

Capítulo III - Estructura organizativa

1. Organización

La Dirección Nacional de Arquitectura es una unidad ejecutora del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y su estructura se refleja en 
la "Organización para el Cumplimiento de Cometidos" adjunta.

2. Funciones de la Dirección y de las unidades organizativas directamente
dependientes de la Dirección

Dirección

Administrar la gestión y reglamentar el cumplimiento de los cometidos
sustantivos de la Dirección Nacional de Arquitectura.

Gerencia Estudios y Proyectos

Realizar anteproyectos y proyectos de arquitectura; cálculo de 
estructuras y relevamientos topográficos, estudios de acondicionamiento, 
relevamiento y conservación del patrimonio edilicio.

Gerencia Obras

Construir con mano de obra propia, asistir y controlar la construcción de
obras por contrato con empresas privadas, realizar el mantenimiento
edilicio del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, supervisar
subcontratos, evaluar costos y mantener información estadística
actualizada.

Gerencia Apoyo

Gestionar los recursos humanos, materiales y financieros

Asesoría Técnica

Contribuir a la mejora de gestión de la Dirección Nacional de 
Arquitectura a través de un asesoramiento especializado, el que se 
efectuará en aspectos legales, de planificación y racionalización 
administrativa y de relaciones comerciales y convenios

3. Actividades con ejecución total o parcial a cargo de terceros

Construir obras por contrato con empresas privadas.

De acuerdo con la decisión de los demandantes, la Dirección Nacional de
Arquitectura realiza las obras por el procedimiento de "Obras por
contratos". El establecimiento de plazos y memorias descriptivas, la
evaluación de costos, asistencia técnica en el proceso de contratación, 
la supervisión y certificación de obras son responsabilidad de la 
División Obras.

Apoyar con subcontratos la ejecución de obras por Administración Directa.

Consiste en la subcontratación de pintura, herrería, térmicos, fletes y
afines. La definición de términos contractuales y el control de su
cumplimiento está a cargo de la División Obras.

Realizar proyectos y cálculos.

Se contratan total o parcialmente con terceros y serán supervisados por 
la División "Estudios y Proyectos".

Realizar limpieza y mantenimiento.

Se trata de actividades que ya se contratan totalmente con terceros. La
definición de términos contractuales y el control de cumplimiento están a
cargo de la División "Apoyo".

Desarrollar programas computacionales.

Se trata de actividades parcialmente contratadas con terceros. La
definición de términos contractuales y el control de cumplimientos están 
a cargo de la División "Apoyo".

Realizar pago de sueldos.

Se contrata parcialmente con terceros. La definición de términos
contractuales y el control de cumplimientos están a cargo de la División
"Apoyo".

Capítulo IV - Estructura de puestos de trabajo

Dirección: Un cargo de particular confianza definido por el Art. 9º de la
Ley Nº 15.809 de 8 de abril de 1986; y una función de Alta 
Especialización de Gerente la cual exige una formación completa de nivel 
terciario en Arquitectura.

Gerente de "Estudios y Proyectos": Función de Alta Especialización.
La misma exige una formación completa de nivel terciario en Arquitectura.

Gerente de "Obras": Función de Alta Especialización.
La misma exige una formación completa de nivel terciario en Arquitectura.

Gerente de "Apoyo": Función de Alta Especialización-
La misma exige una formación completa de nivel terciario en ciencias de
Administración, con probada especialización en empresas constructoras y
experiencia superior a dos años en el gerenciamiento de organizaciones de
complejidad similar.

Asesoría Técnica: Las tareas típicas de asesoramiento tanto en el área
legal como las atinentes a relaciones comerciales y convenios, definen
sendos puestos de trabajo con naturaleza de cargo presupuestado. Para las
correspondientes al asesoramiento en planificación y racionalización
administrativa, se define una Función de Alta Especialización cuyas
exigencias son: formación completa de nivel terciario en ciencias
relacionadas con la ingeniería, informática o administración, con probada
especialización en las mismas a través de resultados alcanzados y
experiencia en el desempeño de tareas típicas no inferior a dos años.

La reformulación de la estructura organizativa se efectuó a partir de una
estructura de 1330 puestos de trabajo.

Los puestos de trabajo ya identificados como excedentarios responden a 
las causales dispuestas por la Ley Nº 16.736 de 5 de mayo de 1996, según 
nómina adjunta, totalizando 176.

Los cargos y funciones contratadas que son declarados excedentarios de
acuerdo a los Art. 719 y siguientes de la ley Nº 16.736 responden a
cometidos que no concuerdan con los de la Unidad Ejecutora, con la
definición de la nueva estructura de puestos de trabajo y/o con los
perfiles necesarios.

Capítulo V - Plan de implantación

Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que se
aprueba podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución al
personal de mayor responsabilidad y especialización, así como a las
funciones de Alta Especialización y Gerencia; a la equiparación salarial
tendiente a corregir las inequidades de remuneración existentes; a
fortalecer la capacidad del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con 
sus cometidos sustantivos originados en contrataciones con terceros y 
redistribuciones de cometidos y personal; y al pago de premios por 
desempeño excelente y muy bueno.
Del total de economías anuales se destinará como mínimo un 5% (Cinco por
ciento) al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno.

1. Traslado de las actividades de apoyo a la Dirección Despacho de la
Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes, Dirección General de
Secretaría.

Se prevé el traslado gradual de las tareas de apoyo al Despacho de la
Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes, a medida que la mencionada
Unidad Ejecutora esté en condiciones de absorberlas.

Paralelamente y para facilitar el cumplimiento de los cometidos
sustantivos, los cometidos de apoyo que se mantienen dentro de la
Dirección Nacional de Arquitectura se cumplirán a través de la División
Gerencia de Apoyo.

La especificidad de las actividades desarrolladas por la Dirección
Nacional de Arquitectura exige disponer de capacidad propia para cumplir
con las tareas de gestión administrativa y financiera, directamente
relacionadas con el cumplimiento de los cometidos de la Unidad Ejecutora.

2. Instalación de un sistema informático

Permitirá la transferencia de datos para la optimización de las
comunicaciones con el Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas
Dependientes.

3. Definición completa de la nueva estructura de puestos de trabajo

Primera etapa - hasta el 30 de Setiembre de 1997 - Análisis de
funcionamiento de la nueva organización y de los ajustes que requiera.

Segunda etapa - hasta el 30 de noviembre de 1997 - Definición de la nueva
estructura de puestos de trabajo y realización de los ajustes
especificando la naturaleza del vínculo funcional, escalafón, grado,
denominación, serie y retribución.

A medida que se vayan concretando los procesos de reformulación
organizativa en los plazos señalados, se adecuarán los puestos de trabajo 
para cumplir con los cometidos de la Dirección Nacional de Arquitectura 
declarando excedentarios los restantes.

Tercera etapa - hasta 90 (noventa) días a partir de la aprobación de la
nueva estructura de puestos de trabajo - desarrollo de procesos 
requeridos
para la propuesta de designación de sus titulares.

ORGANIZACIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO DE COMETIDOS

  "Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo" 

INCISO 10 - Ministerio de Transporte y Obras Públicas
UNIDAD EJECUTORA 005 - Dirección Nacional de Arquitectura
NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES DE
EXCEDENCIA Y A RETIROS INCENTIVADOS (Ley Nº 16.736)

Artículo 723    TOTAL 41

Personal pago con presupuesto de Arquitectura

Cantidad  Escalafón  Grado  Denominación              Serie

   1          A       12    Asesor I                  Arquitecto
   1          A       12    Jefe Departamento         Arquitecto
   4          A       10    Jefe Sección              Arquitecto
   8          A        9    Asesor IV                 Arquitecto
   1          A        9    Asesor IV                 Ingeniero o Arq.
   1          B        9    Técnico III               Electricista
   1          B        6    Técnico VI                Electrónica
   2          C        6    Jefe Sección              Administrativo
   1          C        4    Jefe Sector               Administrativo
   2          C        3    Administrativo I          Administrativo
   2          D        9    Especialista II           Ingeniería o Arq.
   1          D        7    Especialista IV           Ingeniería o Arq.
   1          D        6    Especialista V            Ingeniería o Arq.
   1          D        6    Especialista V            Especialización
   2          D        5    Especialista VI           Sobrestante
   1          E        4    Capataz IV                Oficios
   2          E        3    Oficial Especializado     Oficios
   3          E        2    Oficial I                 Oficios
   3          E        1    Apuntador II              Oficios
   2          E        1    Peón Especializado        Oficios

Personal no pago con presupuesto de Arquitectura

Cantidad Escalafón Grado  Denominación                Serie
   1         E       2    Oficial I                   Oficios

Artículo 724    TOTAL 93

Personal pago con presupuesto de Arquitectura

Cantidad Escalafón Grado  Denominación               Serie
   3         A      10    Jefe de Sección            Arquitecto
   1         A       9    Asesor IV                  Arquitecto
   1         D      11    Director de División       Especialización

   1         D       7    Especialista IV            Ingeniería-Arq
   1         D       6    Especialista V             Especialización

   1         D       4    Especialista VII           Especialización

   1         E       3    Oficial Especializado      Oficios
   4         E       2    Oficial I                  Oficios
   1         E       1    Medio Oficial              Oficios
   1         F       2    Encargado II               Servicios

Personal no pago con presupuesto de Arquitectura

Cantidad Escalafón Grado  Denominación              Serie

   3         E       9    Capataz General           Oficios
   6         E       7    Capataz I                 Oficios
   2         E       6    Capataz II                Oficios
  13         E       4    Capataz IV                Oficios
  24         E       3    Oficial Especializado     Oficios
  19         E       2    Oficial I                 Oficios
   4         E       1    Medio Oficial             Oficios
   7         E       1    Peón Especializado        Oficios

Artículo 32 TOTAL 42

Personal pago con presupuesto de Arquitectura

Cantidad Escalafón Grado  Denominación              Serie
   1         A      15    Subdirector               Arquitecto
   1         A      12    Jefe Departamento         Arquitecto
   1         A      10    Jefe Sección              Arquitecto
   1         A       9    Asesor IV                 Arquitecto
   1         B       9    Técnico III               Electricista
   1         C       8    Jefe Departamento         Administrativo
   1         D       8    Especialista III          Especialización
   1         D       6    Especialista V            Especialización
   1         D       4    Especialista VII          Especialización
   1         D       3    Especialista VIII         Especialización

Personal no pago con presupuesto de Arquitectura

Cantidad Escalafón Grado  Denominación              Serie
   3         E       9    Capataz General           Oficios
   4         E       6    Capataz II                Oficios
   3         E       4    Capataz IV                Oficios
  12         E       3    Oficial Especializado     Oficios
   7         E       2    Oficial I                 Oficios
   2         E       1    Medio Oficial             Oficios
   1         E       1    Peón Especializado        Oficios


		
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