Modíficase el artículo 5º. del Decreto 346/999 de 28 de octubre de 1999,
el que quedará redactado de la siguiente forma: "La Secretaría Nacional
de Drogas coordinará la ejecución de las políticas de investigación,
prevención, tratamiento, rehabilitación y represión, de acuerdo con las
directivas instrumentadas por la Junta Nacional de Drogas, con el
objetivo de encarar una eficaz lucha contra el uso abusivo de drogas y el
narcotráfico".