Fecha de Publicación: 09/10/2018
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 8

   El programa de beneficios no podrá ser usufructuado en forma simultánea con los beneficios otorgados al amparo de los decretos N° 361/015 de 29 de diciembre de 2015, N° 118/017 de 2 de mayo de 2017, y N° 135/018 de 7 de mayo de 2018.
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