Fecha de Publicación: 25/05/2001
Página: 414-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 52

 El crédito Presupuestal autorizado dentro del "Renglón 079.312 - 
Previsiones para Eventuales Ajustes por Reestructura", tendrá por 
finalidad atender las erogaciones que se originen por la implementación 
de la nueva estructura del Banco. El crédito asignado a dicho renglón 
presupuestal podrá utilizarse, previa autorización del Directorio y con 
la debida fundamentación de su aplicación que deberá responder 
específicamente, al proceso de transición hacia la nueva estructura 
funcional.
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