Fecha de Publicación: 05/06/2007
Página: 434-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 24

 Aféctase al grupo 2 "Servicios No Personales" del presente presupuesto, los gastos de la publicidad y promoción de sus establecimientos, que decida realizar la Dirección General de Casinos, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes para el Organismo.
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