Fecha de Publicación: 31/05/2002
Página: 519-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 19

 Extiéndese al presente Presupuesto la vigencia de lo previsto en el 
artículo 20º del Decreto Nº 227/001, de 20 de junio de 2001, por el cual 
se autoriza a la Dirección General de Casinos a abonar a sus 
funcionarios, becarios y pasantes una prima por Asistencia Social de $ 
332,oo (pesos uruguayos trescientos treinta y dos), mensuales, la que se 
ajustará semestralmente en función del IPC correspondiente al período 
inmediato anterior y estando expresada dicha partida a valores de enero 
de 2001.-
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