Fecha de Publicación: 07/07/1983
Página: 33-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Fe de erratas publicada/s: 19/07/1983.

Artículo 3

   Categorías del carné de asistencia. 

  Categoría "A": Usuarios con derecho a asistencia gratuita.
  Estarán comprendidas dentro de estas categorías las personas cuyos
ingresos no superen el importe del 1,1 (uno coma uno) del salario mínimo
nacional, al que se le agregará 1/4 por dependiente del núcleo familiar.

  Categoría "B": Usuarios con derecho a asistencia según arancel.
  Estarán comprendidas dentro de esta categoría, las personas cuyos
  ingresos no superen el 1,4 (uno coma cuatro), del salario mínimo
  nacional al que se agregará 1/4 por dependiente, esta categoría
  abonará el 20% (veinte por ciento) del arancel.

  Categoría "C": Usuarios con derecho a asistencia según arancel.
  Estarán comprendidas dentro de esta categoría, las personas cuyos
  ingresos no superen el 1,8 (uno coma ocho) del salario mínimo nacional
  al que se agregará 1/4 por de dependiente.
  Esta categoría abonará el 40% (cuarenta por ciento) del arancel.
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