Fecha de Publicación: 28/11/1991
Página: 570-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 3

    Cuando la medalla sea entregada por méritos en acción de guerra,
llevará dos espadas cruzadas, en oro, de 45 milímetros de largo de las que
asomarán bajo el medallón 5 milímetros de su punta y 5 milímetros de su
empuñadura.
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