Fecha de Publicación: 01/02/1991
Página: 368-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Decreto 2/991

Sustitúyese artículo del decreto 703/986, referente a Centros Docentes del Ministerio del Interior.

Ministerio del Interior

                                         Montevideo, 8 de enero de 1991.

   Visto: la conveniencia de extender la reglamentación establecida por
el decreto 703/986 de 4 de noviembre de 1986, a todos los Centros 
Docentes Policiales.

   Atento: a lo preceptuado por el artículo 192 de la ley 15.809 de 8 de
abril de 1986,

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyese el texto del artículo 1° del decreto 703/986 de 4 de noviembre de 1986, el que quedará redactado así:

   "Artículo 1° Los profesores de todos los Centros Docentes dependientes del Ministerio del Interior, tendrán la misma remuneración básica por hora semanal que la establecida para los profesores del Segundo Ciclo de Enseñanza Secundaria".

LACALLE HERRERA. - JUAN ANDRES RAMIREZ.
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