Decreto 204/014
Créase una Comisión Especial para el estudio, diseño, implementación y
ejecución de un proyecto para la protección e integración de los
refugiados.
(1.132*R)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 23 de Julio de 2014
VISTO: el compromiso de La República Oriental del Uruguay en el respeto y
la promoción de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, la
observancia de los instrumentos internacionales relativos a la protección
e integración de los refugiados, en aras del fortalecimiento de la
solidaridad internacional;
CONSIDERANDO: I) la firme voluntad de la República Oriental del Uruguay de
reasentar en el territorio nacional a refugiados sirios que actualmente se
encuentran alojados en campamentos del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Refugiados (ACNUR) en países vecinos a Siria;
II) el reconocimiento del reasentamiento como un instrumento primordial
para la protección y una solución duradera para los problemas de los
refugiados;
RESULTANDO: I) las comunicaciones mantenidas con las autoridades del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR);
II) la necesidad de crear una Comisión Especial para el estudio, diseño,
implementación y ejecución de un proyecto acorde a la magnitud de este
particular programa de Reasentamiento.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la Convención
sobre el Estatuto de los Refugiados de 28 de julio de 1951 y su Protocolo
Facultativo de 4 de octubre de 1967; la Ley N° 18.076 de fecha 7 de enero
de 2007 del Derecho al Refugio y a los Refugiados; la Ley N° 18.832 de
fecha 6 de noviembre de 2008 sobre el Acuerdo Marco para Reasentamiento de
Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados (ACNUR), y demás normas concordantes y complementarias
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Créase una Comisión Especial, cuya integración, cometidos y funciones
serán los que se expresan en este cuerpo normativo.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; LUIS ALMAGRO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ
HUIDOBRO; SUSANA MUÑIZ; FRANCISCO BELTRAME; DANIEL OLESKER.