Fecha de Publicación: 01/08/2014
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 10

 (Monto) El monto de la prestación mensual para cubrir el servicio de
Asistente Personal será de hasta $ 6000 (seis mil pesos líquidos), por
todo concepto más contribuciones especiales a la Seguridad Social y al
Sistema Nacional Integrado de Salud. Se abonarán como máximo 12 (doce)
partidas mensuales por año. Dicha suma se actualizará anualmente mediante
el Índice Medio de Salarios de acuerdo al Artículo 12 de la Ley N° 16.713
de 9 de setiembre de 1995;
Ayuda