Fecha de Publicación: 19/06/2001
Página: 937-A
Carilla: 211

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 12

 El Directorio dispondrá de la eliminación del 100% de las vacantes no 
incentivadas que se produzcan en el año 2000 disminuyéndose del Rubro 0 
el importe correspondiente. A esos efectos, la Administración Nacional de 
Puertos comunicará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al 30 de 
marzo de 2001 la eliminación del 100% del total de las vacantes no 
incentivadas generadas entre el 1º de enero de 2000 y el 31 de marzo de 
2001.
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