PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Sustitúyese el artículo 3° del Decreto N° 206/019, de 22 de julio de 2019, por el siguiente: "ARTÍCULO 3°.- Alcance temporal.- Podrán ampararse al presente régimen los servicios prestados entre el 1° de noviembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2022."Ayuda