Enajenación de bienes y prestación de servicios a usuarios de Zonas
Francas - Documentación.- Los contribuyentes que realicen operaciones de
enajenación de bienes y prestación de servicios a usuarios de Zonas
Francas deberán:
a) Hacer intervenir por lo menos dos vías de la factura correspondiente
por parte de la delegación en la Zona Franca de la Dirección Nacional
de Zonas Francas;
b) emitir las facturas con los requisitos establecidos en el decreto
sobre Normas Formales y Materiales con expresa constancia del número
de registro del usuario en la Dirección Nacional de Zonas Francas.