MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Actividades municipales excluidas.- Constituyen actividades municipales no gravadas: a) Las ventas de bienes de primera necesidad efectuadas directamente al consumo por los expendios municipales, siempre que tengan por objeto la reducción de precios y la de los bienes en desuso; b) los servicios fúnebres de carácter económico. B) Agentes de retenciónAyuda