Suministro de repuestos, materiales y partes en el Puerto de
Montevideo.- El suministro de repuestos, materiales y partes de sistemas
trasbordadores a que se refiere el Decreto Nº 463/985 de 30 de agosto de
1985, se encuentra exento del pago de este tributo por ser bienes
destinados al consumo de buques, de acuerdo con las disposiciones del
decreto antes citado.
CAPITULO IV
Exoneraciones
A) Relativas a determinados bienes