Fecha de Publicación: 06/07/2011
Página: 52-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 07/07/2011.

Artículo 33

 Los órganos directivos de las Cajas de Auxilio o Seguros Convencionales
de Enfermedad, estarán integrados paritariamente por delegados patronales
y de los trabajadores, cuyo número y procedimiento de elección será el
establecido en sus respectivos Estatutos.-
Estarán habilitados para participar en la elección, todos los trabajadores
y empleadores alcanzados por el convenio colectivo constitutivo de la Caja
de Auxilios o Seguro Convencional.-
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