Las Cajas de Auxilio o Seguros Convencionales de Enfermedad enviarán al
Banco de Previsión Social y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
la Memoria Anual y Balance dentro de los treinta días siguientes a su
aprobación. Asimismo, les elevarán trimestralmente un Estado de Ejecución
Presupuestal.-
CAPÍTULO IV. CONTINUIDAD DEL AMPARO DE MENORES Y MAYORES CON DISCAPACIDAD