Fecha de Publicación: 10/07/1997
Página: 190-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Decreto 223/997

Aprúebase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 001 "Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes" Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas".
(1.580*R)

Ministerio de Transporte y Obras Públicas 
 Ministerio de Economía y Finanzas

                                      Montevideo, 27 de junio de 1997

Visto: lo dispuesto en los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº 16.736
de 5 de enero de 1996 y en su Decreto reglamentario Nº 186/996 de 16 de
mayo de 1996;

Resultando: I) que los mismso refieren a la reformulación de las
estructuras organizativas de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto
Nacional, siendo aplicables a los demás Incisos comprendidos en el mismo;

II) que el Decreto Nº 186/996 fija las normas técnicas y de procedimiento
a que debe ajustarse la mencionada reformulación de estructuras
organizativas;

III) que de conformidad con dicho procedimiento, el Inciso 10 "Ministerio
de Transporte y Obras Públicas" ha presentado para su consideración por
el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, el proyecto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 001 "Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes";

Considerando: I) que el proceso de reformulación de las estructuras
organizativas de los Incisos orientado en el sentido de la definición de
los cometidos sustantivos de la Administración, tiene por objeto el logro
de una mayor eficacia del Estado en su acción normativa, reguladora y de
control y de una mayor eficiencia en la prestación de los servicios;

II) que a los efectos señalados, en la tarea de reformulación se parte de
una redefinición de los objetivos estratégicos, procurando adaptar la
modalidad tradicional de la Administración hacia una más gerencial
centrada en los resultados de la gestión pública, cuyo fin último es la
satisfacción de las necesidades de los ciudadanos;

III) que de acuerdo con lo expuesto se busca concretar en cada proyecto
de reformulación de estructuras organizativas, con base en una dirección
estratégica, una clara definición de los cometidos sustantivos asumidos
por la Administración; una descripción de la organización necesaria para
cumplir con dicha definición estratégica y la previsión de los puestos de
trabajo requeridos para su funcionamiento con un enfoque gerencial, todo
ello enmarcado en un plan de implantación;

IV) que la modalidad gerencial a que se tiende privilegia la capacitación
y el desempeño eficiente, como centro de la política de recursos humanos
y la recuperación de las capacidades gerenciales del sector público a través de la alta especialización;

V) que el proyecto presentado por el Inciso 10 "Ministerio de Transporte
y Obras Públicas" para la Unidad Ejecutora 001 "Despacho de la Secretaría
de Estado y Oficinas Dependientes" ha sido analizado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado el que ha entendido que cumple con los objetivos de racionalización perseguidos, en tanto las adecuaciones o
transformaciones que incluye resultan consistentes con los cometidos
sustantivos asignados al referido Inciso y, en cuanto recoge los 
criterios determinados en la Ley y su reglamentación;

VI) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a la
aprobación del proyecto de reformulación de la estructura organizativa de
la Unidad Ejecutora de que se trata;

Atento: a lo precedentemente expuesto;

El Presidente de la República

                           DECRETA:

Artículo 1

              Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la
estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 001 "Despacho de la
Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes" Inciso 10 "Ministerio de
Transporte y Obras Públicas" que consta de 14 fs , el que se considera
parte integrante de este Decreto cuya efectiva implantación estará
condicionada al cumplimiento de lo establecido en el artículo 713 de la
Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.

Artículo 2

          Cumplido el plazo de treinta días a que refiere el artículo 730
de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, el Jerarca del Inciso 
procederá a declarar las excedencias de cargos y funciones contratadas resultantes. 
   Dentro del término de sesenta días corridos, contados desde la fecha
de remisión a la Asamblea General del proyecto que se aprueba, el Jerarca
del Inciso remitirá al Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado el detalle con especificación de destino de las economías generadas como consecuencia de la ejecución de dicho proyecto.

Artículo 3

          Facúltase al Jerarca del Inciso para que -previo informe
favorable del Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado- efectúe las
acciones concretas que resulten imprescindibles para cumplir con la
efectiva implantación del proyecto que se aprueba, las que se comunicarán
por el Poder Ejecutivo a la Asamblea General para su conocimiento.

Artículo 4

        Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc.
SANGUINETTI - CONRADO SERRENTINO - LUIS MOSCA.

REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Inciso 10 - Ministerio de Transporte y Obras Públicas

CAPITULO I: Objetivos Estratégicos

Al Ministerio de Transporte y Obras Públicas le compete la planificación 
y el desarrollo del transporte y de las obras de infraestructura vinculadas al mismo, contemplando las políticas macroeconómicas de integración regional a corto, mediano y largo plazo.
   Oficia de nexo entre las empresas públicas vinculadas a su competencia 
(A.N.P., A.F.E., P.L.U.N.A., A.N.S.E.) y el Poder Ejecutivo y promueve
transformaciones estructurales y de operación con la finalidad de
incrementar su eficiencia y eficacia.
   Propicia la participación del sector privado en las inversiones del sector transporte y contribuye, en su ámbito de competencia, al mejor
relacionamiento del sector público en el marco de los acuerdos o tratados 
internacionales.

CAPITULO II: Cometidos

1. Cometidos sustantivos

* Calificar y registrar a las empresas constructoras de obras públicas 
que actúan en el país, manteniendo una base de datos relacionados con sus
cumplimientos, trabajos y servicios complementarios.
* Proyectar, dirigir y ejecutar el mantenimiento y la rehabilitación de
carreteras y puentes en la red vial nacional.
* Operar, mantener y desarrollar los puertos deportivos, realizar el
mantenimiento de las vías navegables y la administración de los recursos
hídricos del país.
* Estudiar, proyectar, dirigir, ejecutar, o en su caso, controlar la
ejecución de las obras públicas de arquitectura.
* Relevar y proceder a los estudios topográficos; gestionar el sistema de 
información geográfica del Estado y el archivo gráfico de planos de
mensura.
* Administrar las operaciones del transporte, dentro del ámbito de su
competencia, en todos sus modos y medios y coordinar los grupos de 
trabajo que participan en los foros internacionales sobre esta materia.
* Participar en la ejecución de obras, a través de convenios promovidos
por diferentes sectores de la comunidad nacional.
* Administrar planes sectoriales, concernientes a la infraestructura del
transporte, ejecutados con financiamiento del Gobierno Nacional.

2. Cometidos de apoyo

* Gerenciar los recursos humanos, materiales y financieros.
* Brindar asesoramiento jurídico y específico para el funcionamiento
ministerial

CAPITULO III: Estructura Organizativa

1. Organización

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (M.T.O.P.) se integra con 
las siguientes unidades ejecutoras:

001 - Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes.
002 - Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas.
003 - Dirección Nacional de Vialidad.
004 - Dirección Nacional de Hidrografía.
005 - Dirección Nacional de Arquitectura.
006 - Dirección Nacional de Topografía.
007 - Dirección Nacional de Transporte.
009 - Dirección Nacional de Inversiones y Planificación.

La Unidad Ejecutora 009 "Dirección Nacional de Inversiones y
Planificación", definida en el artículo 312 de la Ley Nº 16.736 de 5 de
enero de 1996, hasta tanto no cuente con la infraestructura requerida,
funcionará como una unidad asesora directamente dependiente de la
jerarquía ministerial.

2. Descripción de las funciones asignadas a las unidades directamente
dependientes

Asesoría Inversiones y Planificación

Hasta tanto no esté en funcionamiento la Unidad Ejecutora 009, sus
actividades serán desarrolladas por la Asesoría Inversiones y
Planificación.
   Su misión es fortalecer y unificar las actividades de investigación,
estudio y análisis necesarios para la toma de decisiones al más alto
nivel, institucionalizando la planificación estratégica y la efectiva
coordinación del sector transporte e infraestructura.
   Operará integrando al Instituto de Planificación de Transporte e
Infraestructura, a la Asesoría Financiamiento Exterior y a la Asesoría
Económica Financiera. Asimismo, a los efectos de cumplir en forma eficaz
con la función asignada al Ministerio en cuanto a oficiar de nexo entre 
el Poder Ejecutivo y los Entes, en esta Unidad Ejecutora se centralizarán las actividades relacionadas con la gestión de las empresas públicas.

Asesoría Técnica

* Prestar asesoramiento técnico a la máxima jerarquía ministerial en
cuanto a las políticas que se definan.
* Colaborar en la interpretación de proyectos relativos a la materia
sustantiva del Ministerio.
* Colaborar en la definición del marco normativo dentro del cual deban
desarrollarse estrategias y políticas a seguir.
* Realizar otras actividades de asesoramiento especializado que se
requieran.


Organización para el Cumplimiento de Cometidos 

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo."

Inciso 10 - Ministerio de Transporte y Obras Públicas
Unidad Ejecutora 001 - Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas
Dependientes.

CAPITULO I: Objetivos Estratégicos

El Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes es
responsable de brindar el asesoramiento y el apoyo que se requiera para 
la toma de decisiones por parte del Ministro y para el cumplimiento de 
los cometidos sustantivos.
   Coordina las acciones relacionadas con la Administración de los recursos materiales, humanos y financieros de las restantes unidades ejecutoras que integran el Inciso, a fin de un eficiente y eficaz gerenciamiento.
   Promueve la actuación de los funcionarios orientada hacia la 
prestación de un servicio dirigido al usuario.

CAPITULO II: Cometidos

1. Cometidos

* Administrar los recursos humanos y potenciar su desarrollo para una
eficiente y eficaz gestión, coadyuvando al cambio de cultura
organizacional.
* Administrar los recursos materiales y financieros y mantener la
infraestructura que permita obtener datos fehacientes en tiempo real.
* Impulsar la reingeniería de procesos y la implantación de sistemas
computacionales con tecnología de última generación, para la adecuada 
toma de decisiones en materia de administración documental y de recursos
humanos, planificación y control de la gestión.
* Brindar asesoramiento jurídico y específico para el funcionamiento
ministerial.
* Gestionar el Sistema de Convenios para la ejecución de obras.
* Servir de nexo entre las Direcciones de las Unidades Ejecutoras y el
jerarca del Inciso en temas de administración de recursos materiales,
humanos y financieros, ejecutando las respectivas acciones de
coordinación.
* Difundir los resultados de la ejecución de los cometidos sustantivos
del Inciso que se consideren de interés nacional, contribuyendo al
fortalecimiento de la imagen del país a nivel internacional.

2. Cometidos con actividad prestacional fuera del ámbito de la
Administración Central.

* Mantener la flota de vehículos.
* Realizar la limpieza edilicia.
* Efectuar el mantenimiento de los equipos de oficina.
* Realizar las certificaciones médicas.
* Prestar servicios de informática.

3. Actividades pasibles de ser contratadas con terceros

* Prestar asistencia médica y odontológica.
* Efectuar análisis clínicos.
* Realizar el cuidado didáctico-recreativo de hijos de funcionarios.
* Realizar otros servicios.

CAPITULO III: Estructura Organizativa

1. Organización

El Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes es una
unidad ejecutora del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Su estructura organizacional se refleja en la "Organización Para el
Cumplimiento de Cometidos" adjunta, en la cual, además, se explicitan las 
actividades contratadas con terceros total o parcialmente.

2. Descripción de las funciones asignadas a la Dirección General y a las
unidades directamente dependientes

Dirección General

* Asistir al Ministro en aspectos relativos a la organización
administrativa y al funcionamiento del Ministerio.
* Administrar la ejecución de los cometidos de apoyo, el Sistema de
Convenios para la ejecución de obras y la coordinación de los recursos
humanos, materiales y financieros, de acuerdo a las políticas 
establecidas a fin de facilitar la gestión y la toma de decisiones de la 
jerarquía ministerial.

Asesoría Desarrollo Organizacional

* Realizar estudios a efectos de adecuar estructuras organizativas a la
misión organizacional establecida y efectuar los aportes consecuentes de
su especialidad para el logro de la visión proyectada.
* Analizar procesos para su reingeniería coordinando con la unidad de
Informática, apoyar su implantación, efectuar el seguimiento y proponer
los ajustes pertinentes.

Asesoría Gestión Estratégica

* Prestar asesoramiento técnico a la Dirección General en la formulación
de metas y de planes estratégicos alternativos.
* Promover acciones tendientes a evaluar el desarrollo de la gestión de
las dependencias ministeriales, como insumo para la Asesoría Desarrollo
Organizacional.
* Asesorar en el área de administración y desarrollo de recursos humanos,
propiciando el cambio cultural en el factor humano frente a los desafíos
tecnológicos.
* Proponer planes de capacitación y/o adiestramiento para su programación
por parte de la División Recursos Humanos.
* Brindar asesoramiento en materia de recursos informáticos a efectos de
la provisión del soporte físico y lógico de última generación, que 
permita potenciar el desarrollo de sistemas requeridos por la 
Administración y para fortalecer la toma de decisiones.
* Asesorar en temática multidisciplinaria y específica que así se
determine.

División Servicios Jurídicos

* Asesorar a la jerarquía en todo lo referente a la temática legal.
* Preparar proyectos de normas legales, reglamentarias y contratos de
ejecución a nivel nacional e internacional e intervenir directamente en 
la substanciación de otros actos jurídicos en los que el Ministerio sea
parte.
* Actuar en toda materia contenciosa y patrocinar al organismo en la vía
jurisdiccional y ante los órganos que se disponga.
* Asesorar en materia expropiatoria.
* Intervenir en los procesos licitatorios y en los trámites y gestiones
necesarios para concretar la escritura traslativa del dominio del
particular al Estado.
* Ejercer la superintendencia notarial de registros referentes a la
materia sustantiva del Ministerio.
* Asesorar en procedimientos disciplinarios.

División Contabilidad y Finanzas

* Efectuar la programación de recursos y gastos de funcionamiento e
inversión a ser propuestos para su inclusión en los proyectos de Ley de
Presupuesto, así como en las modificaciones presupuestarias a incorporar
en leyes de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal.
* Formular, en coordinación con la Tesorería General de la Nación el
Programa Anual de Caja (P.A.C.) mensualizado a nivel de Unidad Ejecutora,
a efectos de la fijación de topes financieros para gastos y administar su 
ejecución.
* Mantener información actualizada sobre la ejecución del P.A.C. para la
oportuna solicitud de ajustes que pudieran corresponder y para el control 
de la gestión financiera por parte del Contador Central de la Contaduría
General de la Nación.
* Efectuar la registración contable y proporcionar los datos fuente para
el Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.I.F.), como
responsable frente al Contador Central de la Contaduría de la Nación.
* Ejecutar los procesos inherentes al sistema de pago de obligaciones y 
de retenciones legales.
* Ejecutar las diversas etapas comprendidas en la administración
presupuestal, conforme a normativa vigente.
* Instrumentar y ejecutar el proceso de ingreso de recursos de toda
naturaleza.
* Mantener información actualizada relativa a bienes de activo fijo.
* Efectuar los procesos requeridos para la ejecución de préstamos
internacionales.
* Instrumentar medidas necesarias para la seguridad de fondos y valores a 
su cargo.

División Administración

* Administrar los recursos materiales y documentales.
* Planificar los insumos de bienes y servicios de uso común requeridos
para el funcionamiento de las diversas dependencias del Ministerio,
ejecutando los respectivos procesos de adquisición y contratación, previa
coordinación con los delegados radicados en las restantes Unidades
Ejecutoras.
* Proponer iniciativas respecto a medidas que reduzcan gastos en
adquisiciones y en consumos de servicios públicos.
* Programar la adecuada cobertura de los locales en cuanto a vigilancia y 
condiciones de seguridad.
* Asegurar la limpieza y el mantenimiento de instalaciones y de 
vehículos, propiciando la oportuna contratación de los respectivos 
servicios.
* Canalizar los asuntos presentados a la jerarquía ministerial y/o
generados por la misma, manteniendo información actualizada de su
ubicación y movimientos.
* Analizar los requerimientos formulados en los asuntos recibidos y
elaborar la información necesaria y/o solicitarla a las correspondientes
unidades técnicas.

División Recursos Humanos

* Programar las acciones requeridas para el desarrollo de la capacidad de 
los funcionarios del Ministerio, conforme a las directivas del Asesor
técnico en la materia.
* Mantener información actualizada a nivel de cada funcionario respecto a 
su asistencia, permanencia, situación personal, funcional, presupuestal y
la pertinente a efectos jubilatorios.
* Planificar, organizar y ejecutar las actividades relacionadas con
reclutamiento, selección, calificación, adiestramiento, evaluación del
desempeño y promoción del los funcionarios del Ministerio, así como su
adecuada asignación y reasignación, conforme a requisitos de tareas de
puestos de trabajo y requerimientos organizacionales.
* Ejercer la superintendencia en todo lo que refiere a seguridad laboral
del Ministerio.
* Regular y controlar el cumplimiento de la asistencia social y 
recreativa que se brinde a los funcionarios.
* Realizar estudios de motivación y ausentismo.

Departamento Informática

* Implantar los soportes informáticos y de comunicaciones de última
generación para un eficaz funcionamiento del Ministerio, conforme a las
directivas de la asesoría técnica en el área.
* Desarrollar sistemas computacionales en plataformas adecuadas que
viabilicen la gestión administrativa y resulten compatibles con los
avances tecnológicos de los soportes físicos y lógicos.
* Implementar comunicaciones intraministeriales a través de un adecuado
sistema de comunicaciones que sustituya métodos operativos y medios
físicos tradicionales.

Departamento Convenios

* Administrar y coordinar la ejecución de obras por el Sistema de
Convenios promovidos por diferentes sectores de la comunidad nacional.
* Establecer la normativa y demás requerimientos para formalizar las
solicitudes de convenios, analizar la factibilidad de las mismas y
efectuar controles posteriores, incluyendo el de las rendiciones de
cuentas presentadas por los beneficiarios.

Departamento Coordinación Mantenimiento Edilicio

* Proyectar el acondicionamiento de las oficinas integrantes de la
Secretaría de Estado para facilitar la gestión administrativa.
* Coordinar con la Dirección Nacional de Arquitectura la ejecución de los 
trabajos relacionados con el mantenimiento.
* Formular los términos contractuales para los responsables de ejecutar
las mejoras proyectadas y controlar su cumplimiento.

Sección Acuerdos

* Brindar la infraestructura operativa requerida por la Secretaría de
Estado para el cumplimiento de normativa que regula aspectos formales de
los proyectos que se presentan a aprobación del Poder Ejecutivo.
* Mantener información actualizada de los actos administrativos aprobados
y canalizarlos a los órganos competentes.

Sección Difusión y Comunicaciones

* Ejecutar las acciones necesarias para la difusión de los logros
vinculados con los cometidos sustantivos del Inciso a través de medios
físicos y electrónicos y propiciar la presencia del Ministerio en
exposiciones o eventos similares.
* Asistir a la jerarquía ministerial en su relacionamiento con 
autoridades nacionales e internacionales, así como con los distintos 
medios de comunicación.
* Orientar al público proporcionando información confiable relacionada 
con la ubicación de las diversas dependencias, sus actividades y trámites 
que desarrollan.

3. Actividades con ejecución total o parcial a cargo de terceros

* Mantener la flota de vehículos.
* Realizar la limpieza de las oficinas.
* Efectuar el mantenimiento de los equipos de oficina.

La definición de términos contractuales y el control de su cumplimiento
está a cargo de la División Administración.

* Realizar las certificaciones médicas.

Se prevé que estas actividades pasen a ser realizadas por el Ministerio 
de Salud Pública u otro servicio similar. La definición de términos
contractuales y el control de su cumplimiento estará a cargo del
Departamento Recursos Humanos.

* Prestar servicios de informática.

Se prevé la contratación de servicios requeridos en el área de
informática, consecuente de un previo análisis de costo-beneficio. La
definición de términos contractuales y el control de su cumplimiento
estará a cargo del Departamento Informática; las distintas áreas
involucradas en el servicio que se contrate, podrán actuar como
contraparte.

* Prestar asistencia médica y odontológica.
* Efectuar análisis clínicos.
* Realizar el cuidado didáctico-recreativo de hijos de funcionarios.

Se prevé que estas actividades pasen a ser cumplidas por terceros, previo
análisis de costo-beneficio. La definición de términos contractuales y el 
control de su cumplimiento estará a cargo de la División Recursos 
Humanos.

* Realizar otros servicios.

Se prevé la realización de análisis de costo-beneficio a efectos de
definir otras actividades pasibles de ser contratadas en forma total o
parcial con terceros. La definición de términos contractuales, el control 
de su cumplimiento y la eventual intervención como contraparte, estarán a 
cargo de la respectiva unidad responsable de la ejecución.

CAPITULO IV: Estructura de Puestos de Trabajo

1. Asesorías directamente dependientes de la jerarquía ministerial.

Asesoría Inversiones y Planificación: se prevé la creación de una función 
de Alta Especialización. Requiere: título universitario de Ingeniero
Civil, especialización en asuntos portuarios, en infraestructura del
transporte y en el transporte en todos sus modos y medios, demostrada a
través de resultados concretos alcanzados en dichas áreas.

Asesoría Técnica: se prevé la creación de una función de Alta
Especialización. Requiere formación completa de nivel terciario, con
probado conocimiento específico en el área que se defina como objeto de
asesoramiento.

2. Naturaleza del vínculo funcional de la dirección de las unidades
organizacionales que se indican:

Asesoría Gestión Estratégica: se prevé la creación de tres funciones de
Alta Especialización.
Requieren: para el área de Informática, formación completa de nivel
terciario en Ingeniería de Sistemas; para el área de Recursos Humanos,
formación de nivel terciario en ciencias que comprendan la relación
laboral, experiencia en técnicas de administración de personal o probada
especialización equivalente; y para la restante, formación completa de
nivel terciario, con probado conocimiento específico en el área que se
defina como objeto de asesoramiento.

Asesoría Desarrollo Organizacional: cargo presupuestado o función
contratada, según corresponda.

La dirección de las unidades organizativas del primer nivel 
organizacional se definen en puestos de trabajo con naturaleza de cargo 
presupuestado o función contratada, según corresponda.

3. Cantidad de puestos de trabajo

La reformulación organizativa se efectúa a partir de una estructura con
756 puestos de trabajo.

Los puestos de trabajo ya identificados como excedentarios, responden a
las causales dispuestas por la Ley Nº 16.736 del 5 de enero de 1996,
ascendiendo a un total de 184, según nómina adjunta.

La reformulación de la estructura organizativa involucra adicionalmente 
en el orden de 60 puestos de trabajo, relacionados a la contratación con
terceros de los servicios que se enunciaron.

Los cargos y funciones contratadas que son declarados excedentarios de
acuerdo al artículo 719 y siguientes de la Ley Nº 16.736, responden a
cometidos que no concuerdan con los de la Unidad Ejecutora, con la
definición de la nueva estructura de puestos de trabajo y/o con los
perfiles necesarios.

CAPITULO V: Plan de implantación

La reformulación organizativa del Despacho de Secretaría de Estado y
Oficinas Dependientes, se implantará a partir del segundo semestre de 
1997 comprendiendo:

1. Contratación de actividades con terceros: La correspondiente a los
servicios médicos, odontológicos, de análisis clínicos, de guardería y de 
aquellos otros pasibles de ser contratados con terceros, queda sujeta al
resultado de un previo análisis de costo-beneficio.

2. Integración gradual de las actuales actividades de apoyo de las
restantes Unidades Ejecutoras del Inciso.

3. Implantación de un sistema integral de información financiera y de
recursos humanos, con el fin de incrementar la calidad de los resultados
de la gestión del Ministerio.

4. Actividades correspondientes a los Servicios de Certificaciones
Médicas: Se prevé definir la opción para la prestación del servicio de
acuerdo con un análisis de costo-beneficio (Ministerio de Salud Pública u 
otro servicio similar) e instrumentar la alternativa elegida.

Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que se
aprueba podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución al
personal de mayor responsabilidad y especialización, así como a las
funciones de Alta Especialización y Gerencia; a la equiparación salarial
tendiente a corregir iniquidades de remuneraciones existentes; a
fortalecer la capacidad del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con 
sus cometidos sustantivos originados en contrataciones con terceros y
redistribuciones de cometidos y personal; y al pago de premios por
desempeño excelente y muy bueno.

Del total de economías anuales se destinará como mínimo un 5% (cinco por
ciento) al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno.

5. Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo y designación
de sus titulares.

Primera etapa: hasta 60 días después de cumplido el plazo establecido 
por el artículo 730 de la Ley Nº 16.736 - Iniciación de procesos requeridos para la contratación de los titulares de funciones de Alta Especialización de acuerdo con el Decreto Nº 303/996 de 31 de julio de 1996.

Segunda etapa: a partir de 90 días después de cumplido el plazo
establecido por el artículo 730 de la Ley Nº 16.736:
- Análisis de funcionamiento de la nueva organización e instrumentación 
de ajustes que requiera.
- Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo especificando 
la naturaleza del vínculo funcional, escalafón, grado, denominación, 
serie y retribución.

Tercera etapa: hasta 90 días a partir de la aprobación de la nueva
estructura de puestos de trabajo - Desarrollo de procesos requeridos 
para la propuesta de designación de los funcionarios correspondientes.

A medida que se vayan concretando los procesos de reformulación
organizativa señalados, se adecuarán los puestos de trabajo para cumplir
con los cometidos del Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas
Dependientes, declarando excedentarios los restantes.

Organización para el cumplimiento de Cometidos 

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo."

UNIDAD EJECUTORA 001: Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas
Dependientes

NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES DE
EXCEDENCIA Y A RETIROS INCENTIVADOS (Ley Nº 16.736)

Artículo 723

Cantidad  Escalafon   Grado  Denominación              Serie
1           A          12    Jefe de Departamento      Contador
1           A          10    Jefe de Sección           Abogado
1           A          10    Asesor III                Escribano
1           A           9    Asesor IV                 Contador
1           B           9    Jefe de Sección           Téc. en Administ.
1           B           6    Técnico VI                Educación
1           C          11    Director de División      Administrativo
2           C           8    Jefe de Departamento      Administrativo
1           C           7    Sub Jefe de Departamento  Administrativo
2           C           6    Jefe de Sección           Administrativo
2           C           4    Jefe de Sector            Administrativo
3           C           3    Administrativo I          Administrativo
7           C           2    Administrativo II         Administrativo
5           C           1    Administrativo III        Administrativo
1           D           8    Especialista III          Contabilidad
1           D           7    Especialista IV           Ingeniería
1           D           6    Especialista V            Arquitectura
1           D           6    Especialista V            Especialización
1           D           4    Especialista VII          Computación
1           D           4    Especialista VII          Contabilidad
1           D           3    Especialista VIII         Ingeniería
1           D           2    Especialista IX           Especialización
1           D           1    Especialista X            Telefonista
1           D           1    Auxiliar Técnico I        Especialización
7           D           1    Especialista X            Especialización
1           E           4    Capataz IV                Oficios
10          E           3    Oficial Especializado     Oficios
26          E           2    Oficial I                 Oficios
1           E           2    Operador I                Oficios
11          E           1    Medio Oficial             Oficios
1           E           1    Oficial IV                Chofer
2           E           1    Oficial II                Chofer
4           E           1    Operador II               Oficios
1           E           1    Peón                      Oficios
18          E           1    Peón Especializado        Oficios
1           E           1    Peón Especializado I      Oficios
1           F           1    Auxiliar I                Servicios
3           F           1    Auxiliar II               Servicios
1           F           1    Auxiliar III              Servicios
1           R          11    Supervisor                Computación
7           R          10    Analista                  Computación
1           R           9    Analista Programador      Computación
1           R           7    Operador                  Computación
1           R           6    Operador                  Computación
138

Artículo 724

Cantidad  Escalafon   Grado   Denominación              Serie
1          A          12      Jefe de Departamento      Arquitecto
1          A           9      Asesor IV                 Asistente Social
1          C           7      Sub Jefe de Departamento  Administrativo
1          C           4      Jefe de Sector            Administrativo
1          D          14      Director                  Especialización
1          D           8      Especialista III          Especialización
1          D           8      Especialista III          Contabilidad
1          D           8      Especialista III          Arquitectura
1          D           3      Especialista VIII         Educación
1          E           6      Capataz II                Oficios
2          E           4      Capataz IV                Oficios
1          E           4      Oficial                   Chofer
1          E           3      Oficial Especializado     Oficios
4          E           2      Oficial I                 Oficios
1          E           1      Apuntador II              Oficios
2          E           1      Medio Oficial             Oficios
1          E           1      Peón Especializado        Oficios
1          F           2      Encargado II              Servicios
1          F           1      Auxiliar II               Chofer
1          F           1      Auxiliar III              Servicios
25

Artículo 32

Cantidad  Escalafon   Grado   Denominación            Serie
1         A           16      Inspector               Ing. Civil
1         A           10      Asesor III              Químico Farmac.
1         C           11      Director de División    Administrativo
1         C            8      Jefe de Departamento    Administrativo
1         C            1      Administrativo III      Administrativo
1         D            6      Especialista V          Masoterapia
1         D            1      Especialista X          Especialización
4         E            3      Oficial Especializado   Oficios
2         E            2      Oficial I               Oficios
1         E            1      Medio Oficial           Oficios
1         E            1      Oficial IV              Chofer
1         E            1      Peón Especializado      Oficios
1         F            6      Intendente              Servicios
1         F            2      Encargado II            Servicios
1         F            1      Auxiliar II             Servicios
1         F            1      Auxiliar I              Chofer
1         R           11      Supervisor              Computación
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