Fecha de Publicación: 17/07/1997
Página: 243-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 4

   Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc.
SANGUINETTI - ANTONIO GUERRA - JUAN ALBERTO MOREIRA.

REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

INCISO: 11 MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
UNIDAD EJECUTORA: 021 DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE ESTADO CIVIL

CAPITULO I: Objetivos estratégicos

La Dirección General del Registro de Estado Civil es el órgano rector del
servicio de Registro de Estado Civil, responsable de la registración del
estado civil de las personas y de los hechos vitales y de otorgar la
documentación respectiva, sirviendo de base a la organización de la
sociedad y la familia.

CAPITULO II: Cometidos

1. Cometidos sustantivos

. Inscribir los hechos y actos relativos al Estado Civil de las personas.
. Custodiar y conservar los libros y demás elementos documentales en que
se registren los hechos y actos del estado civil.
. Expedir la documentación relativa al estado civil y la información que
le sea solicitada.

2. Cometidos con actividad prestacional fuera del ámbito de la
Administración Central.

2.1 Cometidos sustantivos.

. Encuadernación y restauración de libros matrices.

2.2 Cometidos de apoyo a los sustantivos.

. Mantenimiento y limpieza de los locales.
. Mantenimiento de las máquinas y equipos.
. Vigilancia de los locales.
. Impresión de formularios y libros matrices.

3. Cometidos de apoyo a los sustantivos que permanecen en la Unidad
Ejecutora.

. Gerenciar los recursos financieros, materiales y humanos.
. Desarrollar y operar sistemas computarizados de procesamiento de datos
de inscripciones y de información registral.

Se mantiene el desempeño de actividades de apoyo directamente vinculadas 
a los cometidos sustantivos por la especificidad de las actividades que 
se desarrollan.

CAPITULO III: Estructura Organizativa

1. Organización.

La Dirección General de Registro de Estado Civil es una unidad ejecutora
del Ministerio de Educación y Cultura, cuya dependencia jerárquica es sin 
perjuicio de la autonomía técnica que la ley le asigna. Su estructura se
refleja en la "Organización para el Cumplimiento de Cometidos", adjunta.

La estructura organizativa refleja las particularidades de las formas de
prestación de los cometidos asignados por la ley. Especialmente, la
inscripción de los hechos y actos del estado civil debe prestarse a
través de Oficinas de Estado Civil, distribuídas en todo el país.

En el interior las mismas se encuentran a cargo de los Jueces de Paz,
sobre los que la Dirección General ejerce una superintendencia y
contralor.

2. Funciones de la Dirección y de las unidades organizativas directamente
dependientes:

Dirección:

. Dirigir y administrar la prestación de los servicios, ejerciendo la
superintendencia directa e integral del Registro de Estado Civil y
dictando las resoluciones relacionadas con la materia específica del
Registro.

Asesoría Técnica:

. Asesorar a la Dirección en los aspectos técnico jurídicos de la materia 
registral específica.

Inspección General:

. Supervisar desde el punto de vista técnico el cumplimiento de la 
función inscriptora de los hechos y actos del estado civil en todo el país.

División inscripciones:

. Inscribir los actos y hechos del estado civil dentro del límite de su
competencia, registrar las modificaciones operadas en el estado civil de
las personas en todo el país y procesar información extraída de las actas 
de estado civil para información de terceros y fines estadísticos.

División Administración Registral:

. Custodiar y conservar los libros matrices y demás documentación 
relativa al estado civil, expedir los recaudos relativos a los mismos, organizar y mantener actualizados los índices y ficheros de la documentación archivada.

División Administrativo-Financiero-Contable:

. Planificar, coordinar y controlar la gestión administrativa
imprescindible de la unidad ejecutora, administrando los recursos
materiales, financieros y humanos necesarios para el funcionamiento del
servicio.

3. Actividades con ejecución total o parcial a cargo de terceros.

. Efectuar el mantenimiento y limpieza de los locales.
. Efectuar el mantenimiento de las máquinas y equipos.
. Cumplir tareas de vigilancia.
. Imprimir los formularios y libros matrices.
. Encuadernar y restaurar los libros matrices.
Estas actividades son contratadas en forma total con terceros. La
definición de términos contractuales y el control de su cumplimiento 
están a cargo de la División Administrativa Financiero Contable.

CAPITULO IV: Estructura de puestos de trabajo.

Los puestos de trabajo del primer nivel organizacional mantendrán su
naturaleza de cargo presupuestado.
Se fundamenta la naturaleza de cargo presupuestado en que la 
especificidad y el tecnicismo de las actividades requieren una amplia experiencia y una formación que sólo pueden ser adquiridas con el ejercicio de la función registral.
La reformulación de la estructura organizativa se efectuó a partir de una 
estructura de 280 puestos de trabajo. Los puestos de trabajo ya
identificados como excedentarios totalizan 54 y responden a las causales
dispuestas por la Ley No. 16.736, de 5 de enero de 1996, según nómina
adjunta.

Los cargos y funciones contratadas disponibles por reestructura, de
acuerdo a los artículos 719 y sigientes de la Ley Nº 16.736, responden a
cometidos que no concuerdan con los de la Unidad Ejecutora, con la
definición de la nueva estructura de puestos de trabajo y/o con los
perfiles necesarios.

CAPITULO V: Plan de implantación.

1- Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que
se aprueba podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución al
personal de mayor responsabilidad y especialización, así como a las
funciones de Alta Especialización y Gerencia, a la equiparación salarial
tendiente a corregir las inequidades de las remuneraciones existenes; a
fortalecer la capacidad del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con 
sus cometidos sustantiivos originados en contrataciones con terceros y
redistribuciones de cometidos y personal; y al pago de premios al
desempeño excelente y muy bueno. Del total de economías anuales se
destinará como mínimo un 5 % al pago de premios por desempeño excelente y
muy bueno.

2- Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo.

Primera etapa: hasta el 30 de junio de 1997 - Análisis de funcionamiento
de la nueva estructura organizativa y de ajustes que requiera.

Segunda etapa: hasta el 30 de noviembre de 1997 - Definición de la nueva
estructura de puestos de trabajo especificando los perfiles requeridos, 
la naturaleza del vínculo funcional, escalafón, grado, denominación, 
serie y retribución y la correspondiente equiparación a cargos del Poder Judicial.

A medida que se vayan concretando los procesos de reformulación
organizativa en los plazos señalados, se adecuarán los puestos de trabajo
para cumplir con los cometidos de la Dirección General del Registro de
Estado Civil, declarando excedentarios los restantes.

3- Designación de los titulares de los puestos de trabajo (Alta
Especialización, cargos presupuestados o contratos de función pública).

Hasta 90 días a partir de la aprobación de la nueva estructura de puestos 
de trabajo: Desarrollo de los procesos requeridos para la propuesta de
designación de sus titulares.

Organización para el Cumplimiento de Cometidos
 
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo" 

INCISO 11: Ministerio de Educación y Cultura
UNIDAD EJECUTORA 021: Dirección General del Registro de Estado Civil.

NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTE A DECLARACION DE EXCEDENCIA
Y RETIROS INCENTIVADOS (Ley No. 16.736).

Art. 32

CANTIDAD    ESCALAFON   GRADO   DENOMINACION              SERIE

5              C         06      Jefe II                 Administrativo
1              C         08      Jefe I                  Administrativo
2              D         08      Oficial de Estado Civil Especial
2              F         01      Auxiliar II             Servicio
3              F         03      Auxiliar I              Servicios

Art. 724

CANTIDAD    ESCALAFON   GRADO   DENOMINACION              SERIE

1              C         08      Jefe I                   Administrativo
5              C         06      Jefe II                  Administrativo
2              C         05      Sub-Jefe                 Administrativo
1              C         03      Administrativo I         Administrativo
1              C         02      Administrativo II        Administrativo
1              F         06      Auxiliar                 Servicios
6              F         03      Auxiliar I               Servicios
1              F         01      Auxiliar II              Servicios

Art. 723

CANTIDAD    ESCALAFON   GRADO   DENOMINACION              SERIE

1              C         08      Jefe I                   Administrativo
2              C         06      Jefe II                  Administrativo
1              C         03      Administrativo I         Administrativo
1              C         01      Administrativo III       Administrativo
1              D         06      Especialista             Op.en Comp.
1              F         03      Auxiliar I               Servicios
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