Fecha de Publicación: 12/05/2008
Página: 296-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 12

 (Requisitos de participación) Al momento de demandar la contratación de
beneficiarios del Programa "Objetivo Empleo", las empresas registradas de
acuerdo a lo previsto en el artículo precedente, cualquiera sea su
naturaleza jurídica, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a)     estar inscriptas en el Banco de Previsión Social, en la Dirección
       General Impositiva y en el Ministerio de Trabajo y Seguridad
       Social;
b)     estar al día con el pago de las obligaciones tributarias
       correspondientes;
c)     no haber efectuado despidos o no haber enviado al Seguro por
       Desempleo a trabajadores de igual categoría o de la inmediata
       superior al puesto a ocupar por el beneficiario seleccionado, en
       los noventa días previos y posteriores a la contratación;
d)     estar cumpliendo con los laudos correspondientes de los Consejos de
       Salarios;
e)     relevar del secreto tributario con relación al Banco de Previsión
       Social y a los solos efectos del contralor de su participación en
       el Programa "Objetivo Empleo";
f)     presentar el perfil laboral de los puestos a ocupar por
       beneficiarios del Programa "Objetivo Empleo";
g)     exhibir la planilla de control de trabajo y proporcionar copia de
       la misma.
La DINAE podrá requerir la exhibición de la documentación mencionada en
otras oportunidades durante el período de percepción del subsidio.
No podrán participar las empresas registradas ante el B.P.S. en calidad de
"Usuario de Servicios" ni las empresas suministradoras de personal.
Se excluyen asimismo del sistema a las empresas que no pueden garantizar
un año continuo de trabajo efectivo.
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