Fecha de Publicación: 13/05/1976
Página: 199-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decreto 245/976

Se modifica la redacción del artículo  18 del decreto 7/976, por el cual se reglamenta la ley 14.407 que creó la Administración de los Seguros Sociales por Enfermedad.

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

                                   Montevideo, 6 de mayo de 1976.

Visto: el artículo 18º del decreto 7/976 de 8 de enero de 1976,
reglamentario de la ley 14.407 de 22 de julio de 1975.

Resultando: que en la transcripción mecanográfica del texto del decreto se
omitió incluir en su artículo 18º los términos "como mínimo" que seguían a
la palabra paritariamente.

Considerando: la conveniencia de posibilitar la integración de los Organos
Directivos de los Seguros Convencionales con un número mayor de
integrantes que permita una adecuada representación de los sectores
interesados, especialmente en aquellos casos en que la Caja de Auxilio o
Seguro Convencional comprenda a varias empresas.

Atento: a lo precedentemente expuesto,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Modifícase el artículo 18º del decreto 7/976 de 8 de enero de 1976, el que
quedará redactado en la siguiente forma:

 "Artículo 18º. Los órganos directivos de los Seguros Convencionales
estarán integrados paritariamente, como mínimo por un delegado patronal y
uno de los trabajadores, los que serán electos por el procedimiento
establecido en el respectivo estatuto".

BORDABERRY - JOSE E ETCHEVERRY STIRLING.
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