Fecha de Publicación: 26/06/2003
Página: 1040-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

 (Monto objeto de la reducción de tasas).- El monto del préstamo sobre el 
que se aplicará la reducción de tasas no podrá superar el 80% (ochenta 
por ciento) del valor FOB de la exportación que se prefinancia.-
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