Fecha de Publicación: 24/05/1976
Página: 233-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 22

Serán cometidos de la Mesa de Comunicaciones los siguientes:

A)   Recibir las novedades provenientes de la Mesa Central de Operaciones
     y aquellos de personal de las dependencias de la Dirección.

B)   Comunicar las novedades recibidas a las dependencias que
     correspondan.

C)   Recibir y despachar la correspondencia de la Dirección de Seguridad,
     a cuyos efectos llevará las libretas de control que sean necesarias.
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