Fecha de Publicación: 24/05/1976
Página: 233-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 58

Serán cometidos del Comisario Inspector los siguientes:

A)   Integrar el Cuerpo de Inspectores o las Inspecciones de Zona, que de
     acuerdo a su jerarquía determinan los artículos 24º y 27º, con los
     cometidos asignados en los artículos 25º y/o 28º del presente
     Reglamento.
Ayuda