Fecha de Publicación: 24/05/1976
Página: 233-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 94

Todos los funcionarios de la Dirección de Seguridad deben pertenecer al
Escalafón de Policía Ejecutiva (Bg) pertenecientes a la Dirección General
de Coordinación Ejecutiva, Subprogama 2 de la Jefatura de Policía de
Montevideo, previsto en la Ley Orgánica Policial.
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