Fecha de Publicación: 02/10/2015
Página: 20
Carilla: 20

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 9

   A partir del 1° de octubre de 2015, y como forma de financiar lo establecido en el artículo precedente, se procederá a incrementar el valor de la cápita base en un 0,033% (cero con cero treinta y tres por ciento) adicional al establecido en el artículo 5°.
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