Fecha de Publicación: 09/10/2015
Página: 10
Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TURISMO

                               Decreto 267/015

Reglaméntanse las disposiciones legales que regulan la actividad de los establecimientos que prestan hospedaje a turistas.
(1.748*R)

MINISTERIO DE TURISMO
 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

                                          Montevideo, 5 de Octubre de 2015

   VISTO: La reglamentación de la actividad de los establecimientos de alojamiento turístico.

   CONSIDERANDO: La necesidad de reglamentar las disposiciones legales que regulan la actividad de los prestadores de servicios turísticos.

   ATENTO: A lo dispuesto por los artículos 7° literal L) y 12° literal B) de la Ley N° 19.253, del 28 de agosto de 2014.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

   Son alojamientos turísticos los establecimientos en que se presta por persona física o jurídica en forma habitual, servicio de hospedaje a turistas.

   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; LILIAM KECHICHIAN; ERNESTO MURRO.
Ayuda