Fecha de Publicación: 11/09/2013
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 46

 El fondo constituido por la Dirección General de Casinos en el ejercicio
2012 de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 48 del Decreto 491/2011, de
30 de diciembre de 2011, se ajusta en el presente y sucesivos ejercicios,
hasta la cifra equivalente al 10% de la sumatoria de las utilidades brutas
generadas por las Salas de Esparcimiento "El Día", "Montevideo Shopping",
"Las Piedras", "Gèant" y "Nueva Sala Pando", enmarcados en el Sistema
Mixto de Explotación de Complejos Turísticos, Comerciales, Deportivos y/o
Culturales.
Dicho fondo financiará, los premios hípicos, por marcador rentado, las
partidas por concepto de marcador no rentado y sus complementos y la
asistencia a la operación de los tres Hipódromos del interior del país
reconocidos por la Dirección General de Casinos, (Melo, Colonia y
Paysandú) de acuerdo a los convenios vigentes.
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