Habiéndose cumplido parcialmente el Plan de Implantación previsto en el
Capítulo V del mencionado Decreto Nº 459/997, la Dirección Nacional de
Aduanas procederá a propiciar los actos necesarios para:
a) establecer la nueva estructura de los puestos de trabajo en un plazo
máximo de sesenta días a contar del primer día hábil siguiente al
cumplimiento del plazo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 17.296
ya referida.
b) designar por vía de regularización a los funcionarios respectivos en
los puestos de trabajo resultantes de la estructura de cargos y funciones
contratadas.