Son cometidos de las Unidades Especializadas en Violencia Doméstica y Género:
a.- Recepcionar y dar trámite a las denuncias que lleguen en la temática de su competencia y dar seguimiento a las medidas cautelares que disponga la justicia.
b.- Centralizar el registro de todas las medidas cautelares dispuestas por la autoridad judicial y de los incumplimientos denunciados en las distintas dependencias policiales de su jurisdicción.
c.- Coordinar, articular y dar seguimiento a las intervenciones de las demás unidades policiales en temas de su competencia, tomando siempre intervención en los casos de gravedad o complejidad.
d.- Generar información sistematizada y consolidada sobre violencia doméstica y de género en su jurisdicción.
e.- Tomar intervención, sistematizar la información y dar seguimiento a los casos de violencia doméstica y de género que involucren a policías.
g.- Todos aquellos cometidos que por reglamentación y disposiciones le fueron atribuidas.
SECCIÓN OCTAVA
DEL DEPARTAMENTO DE POLICIA CIENTIFICA