La Oficina Departamental de Policía Comunitaria, estará a cargo de un Oficial Jefe del subescalafón ejecutivo. Contará con un segundo Jefe, quien lo secundará en el mando, subrogándolo en caso de licencia, enfermedad o vacancia temporal del cargo.
Dependerá de la Sub Jefatura de Policía y tendrá los siguientes cometidos:
a.- Diseñar con apoyo de un profesional psicólogo que posea especialmente formación en psicología laboral, el perfil del cargo para el policía comunitario de acuerdo a los lineamientos dispuestos por la Oficina Nacional de Policía Comunitaria del Ministerio del interior,
b.- Diseñar, planificar y organizar la Capacitación del personal, la que deberá ser permanente,
c.- Confeccionar y proponer para su implementación propuestas y proyectos de trabajo Comunitario a Nivel Departamental,
d.- Participar de la planificación y organización de los cursos impartidos a la comunidad en las respectivas Escuelas de Seguridad Ciudadana, relacionados con aspectos inherentes a la función del Policía Comunitaria,
e.- Brindar asesoramiento técnico en todos aquellos aspectos de su competencia,
f.- Establecer mecanismos de coordinación departamental,
g.- Evaluar en forma continua las actividades desarrolladas por los policías comunitarios por medio de indicadores, y
h.- Auditar la actuación del policía comunitario, mediante la implementación de una encuesta vecinal en el radio donde éste se desempeña para recibir información de boca del ciudadano del comportamiento, actuación y aceptación del policía asignado al mismo.