MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Modifícase el Literal f) del Artículo 6º del Decreto mencionado, el que quedará redactado de la siguiente forma: "f) Establecer mecanismos institucionales para la denuncia judicial en los casos que lo requieran, de conformidad con lo dispuesto por el Manual de Procedimientos mencionado en el Artículo 5º de la presente norma".Ayuda