Fecha de Publicación: 22/09/2011
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 38

 Concursos. La referencia a los "concursos de sociedades anónimas o de los
comerciantes, según corresponda" expresada en el artículo 108 inciso final
de la ley que se reglamenta se entenderá referido a los procedimientos
previstos en la ley 18.387 de 23 de octubre de 2008.-
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