Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc. SANGUINETTI - LUIS MOSCA
REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Inciso 05 - Ministerio de Economía y Finanzas
Unidad Ejecutora 02 - Contaduría General de la Nación
Capítulo I: Objetivos estrátegicos
La Contaduría General de la Nación es responsable de conducir el sistema
presupuestario nacional y de formular el Presupuesto Nacional y la
Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, concebidos como
plan financiero integral, conteniendo la universalidad de los gastos y de
los recursos tributarios, crediticios y provenientes de precios públicos,
estimados para su financiación, en el marco de orientaciones,
restricciones y prioridades de la política económica definida.
Coordina las acciones técnicas y operativas con las instituciones
responsables de la planificación de la asignación de los recursos, de la
recaudación, del crédito público, de la tesorería, del control interno y
de la auditoría externa.
Genera información contable en tiempo real, resultante del Sistema
Integrado de Información Financiera (S.I.I.F.), que comprende operaciones
de naturaleza presupuestaria y económico-patrimonial.
Formula estados contables demostrativos de la gestión de la Hacienda
Pública, de la Contabilidad Nacional y en coordinación con la Tesorería
General de la Nación, el correspondiente a Fuentes y Usos de Fondos del
Sector Público no financiero.
Es rectora de la ejecución prespuestal y de la contabilización de las
operaciones económico-financieras de los Incisos de la Administración
Central y de los Incisos 20 a 24 del Presupuesto Nacional y ejerce la
superintendencia contable de las Contadurías Centrales de los Organismos
comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de la República y de
sus dependencias.
Define procesos conducentes a brindar transparencia y a optimizar la toma
de decisiones en materia de administración financiera, estableciendo los
requisitos que debe cumplir el sistema de documentación y procesamiento
electrónico de datos a utilizar en el registro de los actos y operaciones
que constituyen materia del Texto Ordenado de Contabilidad y
Administración Financiera.
Capítulo II: Cometidos
1. Cometidos Sustantivos
* Dictar normas técnicas para la formulación, modificación,
seguimiento y ejecución del Presupuesto Nacional y de la
Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal.
* Establecer el calendario y los procedimientos para la formula
ción de los proyectos de Ley de Presupuesto Nacional y de
Ley de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal.
* Elaborar el Presupuesto Nacional y la Rendición de Cuentas y
Balance de Ejecución Presupuestal, ejecutando acciones
concernientes a aspectos técnicos y operativos y preparar los
respectivos proyectos de Ley.
* Instrumentar los mecanismos que aseguren que el sistema
presupuestario se integre con la totalidad de los gastos de
funcionamiento e inversión, individualmente identificados y sin
compensaciones entre sí, y con la universalidad de los recursos
(tributarios, crediticios y provenientes de precios públicos).
* Desarrollar y administrar a través de procesos en línea, un
Sistema de Información Contable, utilizando tecnología de última
generación aplicable al gerenciamiento financiero y presupuestal.
* Programar la ejecución del Presupuesto Nacional y sus
respectivas modificaciones, asegurando que la información
resultante de la gestión presupuestaria cumpla con la normativa
vigente.
* Participar en el arqueo de las existencias de fondos y valores de
la Tesorería General de la Nación y de las tesorerías de las
dependencias ministeriales.
* Informar preceptivamente en los actos que generen compromisos
con respecto a la disponibilidad de crédito, verificando el
cumplimiento de requisitos legales, reglamentarios y
administrativos y documentar su oposición a aquéllos que
considere irregulares.
2. Cometidos incorporados a la Unidad Ejecutora
* Administrar los inmuebles nacionales de uso privado sin
destino específico o adquiridos para la producción de rentas.
* Ejercer la tutela administrativa sobre los inmuebles nacionales
de uso público conforme a reglamentación específica.
* Mantener el Registro de la Propiedad Nacional (Decreto del
Poder Ejecutivo de 25 de febrero de 1935).
* Custodiar los títulos de los inmuebles propiedad de los
organismos de la Administración Central y de aquéllos que así se
disponga.
3. Cometidos con actividad prestacional fuera del ámbito de la
Administración Central
Cometidos de apoyo a los sustantivos
* Efectuar la limpieza edilicia.
* Brindar asistencia médica de urgencia.
4. Cometidos con actividad prestacional fuera del ámbito de la
Unidad Ejecutora
* Realizar las certificaciones médicas.
5. Cometidos de apoyo a los sustantivos que permanecen en la
Unidad Ejecutora
* Desarrollar y mantener el soporte informático y de
comunicaciones requerido por los sistemas de la Administración
Financiera Integrada.
* Gerenciar los recursos humanos, materiales y financieros.
* Prestar garantía en los contratos de arrendamiento de C
Casa-Habitación que efectúen los funcionarios públicos y los
privados incorporados al sistema, los jubilados y los
pensionistas.
* Asesorar en materia técnico-jurídica.
Se mantiene el desempeño de las actividades de apoyo directamente
vinculadas con los cometidos sustantivos y necesarias para su desarrollo,
en base a la especificidad de los mismos.
6. Cometidos de apoyo que se transfieren a la Tesorería General de la
Nación
* Administrar y mantener actualizado el Registro General de
Proveedores del Estado.
7. Actividades pasibles de ser contratadas con terceros
* Realizar tareas operativas relativas a la prestación del servicio
de garantía de alquileres.
Capítulo III: Estructura Organizativa
1. Organización
La Contaduría General de la Nación es una Unidad Ejecutora del Ministerio
de Economía y Finanzas.
Su estructura organizacional se refleja en la "Organización Para el
Cumplimiento de Cometidos" adjunta.
Se anexa diagrama de contexto del Sistema Integrado de Información
Financiera.
2. Descripción de funciones asignadas a la Dirección y a las
Unidades directamente dependientes
Dirección General
* Administrar el Sistema Integrado de Información Financiera,
coordinando acciones con los responsables de los módulos
integrantes del mismo.
* Gerenciar el sistema presupuestario nacional, formulando los
correspondientes, estados demostrativos.
* Asesorar a la jerarquía del Ministerio de Economía y Finanzas
en áreas referidas a los cometidos de la Unidad.
Asesoría Jurídica
* Asesorar a la Dirección General en materia técnico-jurídica y
en la formulación, análisis y modificaciones de normas legales
y reglamentarias referidas al área de administración financiera y
presupuestal.
* Dictaminar sobre aspectos controvertidos en las precipitadas
normas o actuaciones que se sustancien en la Contaduría
General de la Nación.
División Contabilidad
* Elaborar el Plan General de Contabilidad Pública conteniendo
principios contables, plan general de cuentas y sus
codificadores, normas y procedimientos de valoración y relaciones
contables.
* Realizar el registro sintético de los movimientos económico
financieros del Gobierno Central.
* Registar y controlar los movimientos de fondos del Tesoro
Nacional, originados en el Banco de la República Oriental del
Uruguay, Tesorería General de la Nación, Banco Central del
Uruguay y demás Instituciones Financieras.
* Formular los estados contables que demuestran la gestión de la
Hacienda Pública, la Contabilidad Nacional y en coordinación
con la Tesorería General de la Nación, el correspondiente a
Fuentes y Usos de Fondos del Sector Público no financiero.
* Realizar estudios económico-financieros y publicaciones
estadísticas de la gestión del Sector Público no Financiero.
* Administrar el Sub-sistema de Información Contable (S.I.C.)
en coordinación con la División Sistemas y con los restantes
sub-sistemas del S.I.I.F.
* Dictaminar en asuntos relacionados con el área de su competencia.
División Control Presupuestario y Financiero
* Verificar en los actos administrativos referentes a la gestión
presupuestaria y financiera, el cumplimiento de requisitos
legales y reglamentarios mediante el examen de la documentación
respaldante.
* Verificar selectivamente los procedimientos relacionados con
la gestión presupuestaria.
* Aprobar preceptivamente los documentos ingresados al S.I.I.F..
* Controlar las Rendiciones de Cuentas de los fondos entregados
a los habilitados.
* Informar a la Dirección General sobre la pertinencia de las
solicitudes adicionales de créditos formuladas por los Incisos.
* Elaborar informes de la actuación de los responsables de la
administración financiera en cada uno de los Incisos, respecto
al cumplimiento de procedimientos relacionados con la
administración financiero-contable y presupuestal.
* Brindar información requerida por la Dirección General y
dictaminar en asuntos relacionados con el área de su competencia.
* Ejercer la superintendencia contable de las Contadurías de los
Organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución
de la República, y sus dependencias, controlando la ejecución
prespuestal y su contabilización de acuerdo a las normas
contables y presupuestarias definidas por la Contaduría General
de la Nación.
División Presupuesto
* Elaborar normas técnicas para la formulación, modificación,
seguimiento y ejecución del Presupuesto Nacional y asesorar
al respecto a los Incisos comprendidos.
* Elaborar manuales de registración, de procedimientos y textos
ordenados en materia persupuestaria.
* Mantener información actualizada sobre normativa técnico-
jurídica relacionada con la temática que compete al Organismo
y toda aquélla que así se determine y proporcionarla a los
distintos usuarios utilizando técnicas tradicionales y de última
generación.
* Efectuar la apertura, modificación y seguimiento de los créditos
del Presupuesto Nacional cualesquiera sean las fuentes de
financiamiento y controlar las variaciones presupuestales.
* Actualizar las estructuras de puestos de trabajo de los
Organismos comprendidos en el ámbito de su competencia,
incluyendo información relativa a la naturaleza del vínculo
funcional, así como todas las remuneraciones comunes y
representativas por fuente de financiamiento.
* Formular la programación y preparación de los proyectos de Ley de
Presupuesto Nacional y de Rendición de Cuentas y Balance de
Ejecución Presupuestal en el marco de los lineamientos propuestos
por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
* Analizar conjuntamente con la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, los Proyectos de Presupuesto de los órganos y
organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de
la República, proponiendo los ajustes pertinentes.
* Administrar el Sub-sistema de Información Presupuestaria (S.I.P.)
en coordinación con la División Sistemas y con los restantes
sub-sistemas del S.I.I.F.
* Programar en coordinación con la Tesorería General de la Nación,
la ejecución anual presupuestal de caja en base mensual.
* Dictaminar en asuntos relacionados con el área de su competencia.
División Sistemas
* Desarrollar sistemas computacionales en plataformas adecua
das que viabilicen la gestión administrativa, jurídica,
financiera-contable y presupuestal, que resulten compatibles con
los avances tecnológicos de los soportes físicos y lógicos.
* Procesar y almacenar la información financiera, presupuestal y
patrimonial a nivel de Unidad Ejecutora de los Incisos
comprendidos en el Presupuesto Nacional.
* Administrar los datos radicados en las Bases de Datos de los
Sistemas procediendo al respaldo y documentación de los
respectivos procesos, de forma tal que se asegure la calidad de
la información y de sus controles.
* Definir niveles de jerarquía de acceso a la información,
asignando claves por usuario, por transacción, y por estación de
la Red, de forma tal de asegurar la integridad, validación y
actualización de los datos.
* Mantener la producción en función de la demanda actual y
potencial de los usuarios, brindarles el apoyo, la capacitación,
los manuales operativos, el soporte técnico computacional y de
comunicaciones y la permanente actualización de las aplicaciones.
* Proponer términos contractuales a las empresas proveedoras
del soporte físico y lógico, controlando el cumplimiento de los
servicios contratados.
* Mantener información actualizada de los costos de los servicios
que presta la División.
División Administración
* Gerenciar los recursos humanos de la Unidad Ejecutora.
* Programar y ejecutar los procesos de adquisición de bienes y
contratación de servicios específicos requeridos para la gestión
y de recaudación de los precios públicos de los servicios
prestados y efectuar las respectivas registraciones.
* Gestionar la administración documental.
* Desarrollar las actividades de apoyo directamente requeridas
para el cumplimiento de los cometidos sustantivos de la Unidad
Ejecutora.
División Alquileres
* Informar a los usuarios acerca de la normativa y procedimientos
para la prestación de garantía en los contratos de arrendamiento
de casa-habitación.
* Tramitar las solicitudes de garantía de alquileres, rescisiones,
cesiones, modificaciones, u otras pertinentes que se ajusten a
la normativa vigente en la materia.
* Realizar inspecciones e inventarios en las fincas arrendadas.
* Efectuar las liquidaciones y registraciones correspondientes a
los servicios prestados.
* Representar a la Contaduría General de la Nación en vía
jurisdiccional en procesos relacionados con los usuarios del
servicio de garantía de alquileres.
* Realizar las actividades relacionadas con la administración de
inmuebles nacionales de uso privado sin destino específico o
adquiridos para la producción de rentas.
3. Actividades con ejecución total o parcial a cargo de terceros
* Efectuar la limpieza edilicia.
* Brindar asistencia médica de urgencia.
Estas actividades son contratadas en forma total con terceros. La
definición de términos contractuales y el control de su cumplimiento está
a cargo de la División Administración.
* Realizar las certificaciones médicas.
Esta actividad la realiza el Ministerio de Salud Pública. El control de
su cumplimiento está a cargo de la División Administración.
* Realizar tareas operativas relativas a la prestación del servicio
de garantía de alquileres.
Se prevé que algunas tareas requeridas para la prestación del servicio,
pasen a ser cumplidas por terceros, previo estudio de su viabilidad legal
y económico-financiera.
La definición de términos contractuales y el control de su cumplimiento
estará a cargo de la División Alquileres.
4. Servicios de apoyo a los cometidos sustantivos centralizados a nivel
de la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas.
Se prevé la centralización parcial de servicios de apoyo en la Dirección
General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas, de
conformidad con lo establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 186/996
de 16 de mayo de 1996.
Capítulo IV: Estructura de puestos de trabajo
1. Naturaleza del vínculo funcional de la dirección de las unidades
organizacionales que indican:
Asesoría Jurídica: función de Alta Especialización. Requiere que quien la
desempeñe posea título universitario de Doctor en Derecho y Ciencias
Sociales, Abogado o su equivalente, especialización probada a través de
resultados positivos y concretos en el área específica y experiencia
relevante de desempeño en la misma.
Los Directores y Subdirectores de División serán titulares de cargos y
desempeñarán las respectivas funciones, conforme lo establece el artículo
224 del Decreto-Ley Nº 14.189 de 3 de abril de 1974.
Se prevé además, la creación de hasta seis funciones de Alta
Especialización de acuerdo a necesidades específicas en las Divisiones
Sistemas y Administración.
Exigen para quienes las desempeñen un perfil con especialización probada
en el área objeto de asesoramiento.
2. Cantidad de puestos de trabajo
La reformulación organizativa se efectúa a partir de una estructura con
604 puestos de trabajo.
Los puestos de trabajo ya identificados como excedentarios totalizan 114
y responden a las causales dispuestas por la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, según nómina adjunta.
Los cargos y funciones contratadas que son declarados excedentarios de
acuerdo a los artículos 719 y siguientes de la Ley Nº 16.736 responden a
cometidos que no concuerdan con los de la Unidad Ejecutora, con la
definición de la nueva estructura de puestos de trabajo y/o con los
perfiles necesarios.
Capítulo V: Plan de Implantación
1. Incorporación de cometidos relacionados con la Administración de
Inmuebles Nacionales
Se efectivizará cuando se cuente con la infraestructura adecuada para su
funcionamiento.
2. Contratación con terceros de tareas operativas relativas a la
prestación del Servicio de Garantía de Alquileres
La contratación con terceros de tareas operativas relativas a la
prestación del Servicio de Garantía de Alquileres queda sujeta al
resultado de un previo estudio de viabilidad legal y
económico-financiera.
3. Traslado de las actividades de apoyo a la Dirección General de
Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas
El traslado de las actividades de apoyo a la Dirección General de
Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas, se concretará cuando
dicha Unidad Ejecutora disponga su centralización.
4. Traslado de las actividades correspondientes a la Administración del
Registro General de Proveedores del Estado a la Tesorería General de
la Nación.
El traslado de las actividades que refieren a la Administración del
Registro General de Proveedores del Estado a la Tesorería General de la
Nación, operará cuando se cuente con la infraestructura necesaria para su
cumplimiento.
5. Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo y designación
de sus titulares
Primera etapa: hasta 60 días después de cumplido el plazo establecido por
el artículo 730 de la Ley Nº 16.736:
- Designación de los funcionarios que coordinen y apoyen la labor de los
Contadores Centrales (artículo 44-Ley Nº 16.736 y Decreto Nº 89/996).
- Iniciación de procesos requeridos para la designación de los Contadores
Centrales de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto Nacional (artículo
44-Ley Nº 16.736 y Decreto Nº 89/996 de 13 de marzo de 1996) y para la
contratación de los titulares de funciones de Alta Especialización de
acuerdo con el Decreto Nº 303/996 de 31 de julio de 1996.
Segunda etapa: hasta 90 días después de cumplido el plazo establecido por
el artículo 730 de la Ley Nº 16.736 - Análisis de funcionamiento de la
nueva organización e instrumentación de ajustes que requiera.
Tercera etapa: hasta 120 días después de cumplido el plazo establecido
por el artículo 730 de la Ley Nº 16.736 - Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo adecuada a la estructura organizacional aprobada, especificando la naturaleza del vínculo funcional, escalafón, grado, denominación, serie y retribución.
Cuarta etapa: hasta 90 días a partir de la aprobación de la nueva
estructura de puestos de trabajo - Desarrollo de procesos requeridos para
la propuesta de designación de los funcionarios correspondientes.
A medida que se vayan concretando los procesos de reformulación
organizativa en los plazos señalados, se adecuarán los puestos de trabajo
para cumplir con los cometidos de la Contaduría General de la Nación
declarando excedentarios los restantes.
Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que se
aprueba podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución al
personal de mayor responsabilidad y especialización, así como a las
funciones de Alta Especialización y Gerencia; a la equiparación salarial
tendiente a corregir las iniquidades de remuneración existentes; a
fortalecer la capacidad del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con
sus cometidos sustantivos originados en contrataciones con terceros y
redistribuciones de cometidos y personal; y al pago de premios por
desempeño excelente y muy bueno.
Del total de economías anuales se destinará como mínimo un 5% al pago de
premios por desempeño excelente y muy bueno.
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo"
Inciso 05: Ministerio de Economía y Finanzas
Unidad Ejecutora 02- Contaduría General de la Nación
NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES DE
EXCEDENCIA Y A RETIROS INCENTIVADOS (LEY Nº 16.736)
Artículo 723
Cantidad Escalafón Grado Denominación Serie
1 A 16 Director Escribano
2 A 14 Asesor I Contador
1 A 14 Asesor I Abogado
6 A 13 Asesor II Contador
1 A 13 Asesor II Abogado
1 A 13 Asesor II Sicólogo
1 B 12 Técnico II Medicina
2 C 13 Sub Director Administrativo
2 C 12 Jefe de Depto. Administrativo
2 C 11 Sub Jefe de Depto. Administrativo
4 C 10 Jefe de Sección Administrativo
1 C 09 Sub Jefe de
Sección Administrativo
1 C 08 Administrativo I Administrativo
1 C 07 Administrativo II Administrativo
12 C 06 Administrativo III Administrativo
1 D 13 Sub Director Especialización
1 D 12 Jefe de
Departamento Microfilmación
2 D 09 Especialista III Ciencias Econ.
1 E 11 Encargado III Oficios
2 E 07 Oficial IV Oficios
1 F 09 Encargado Servicios
2 R 16 Director Computación
2 R 15 Director Computación
1 R 13 Supervisor Desarrollo
Proyectos
1 R 12 Analista Desarrollo
Proyectos
3 R 12 Analista Soporte de
Sistemas
2 R 12 Analista Análisis y Prog.
1 R 12 Jefe de
Operaciones Operación
1 R 12 Jefe Control Control
6 R 11 Analista Prog. Análisis y Prog.
3 R 11 Operador I Operación
2 R 09 Controlador III Control
70
Artículo 724
Cantidad Escalafón Grado Denominación Serie
1 A 16 Director Contador
1 A 16 Director Abogado
2 A 14 Asesor I Contador
1 A 13 Asesor II Abogado
1 B 12 Técnico II Medicina
4 C 14 Director Administrativo
2 C 12 Jefe de Depto. Administrativo
2 C 11 Sub Jefe de Depto. Administrativo
2 C 10 Jefe de Sección Administrativo
2 C 09 Sub Jefe de
Sección Administrativo
3 C 06 Administrativo III Administrativo
1 D 13 Sub Director Microfilmación
1 D 13 Sub Director Especialización
1 D 12 Jefe de Depto. Relaciones Púb.
1 D 11 Especialista I Microfilmación
1 E 13 Encargado I Oficios
1 E 09 Oficial II Oficios
5 F 07 Auxiliar II Servicios
1 R 15 Asesor Computación
1 R 13 Supervisor Control
1 R 10 Controlador II Control
1 R 09 Controlador III Control
36
Artículo 32
Cantidad Escalafón Grado Denominación Serie
1 A 15 Sub Director Contador
1 A 13 Asesor II Contador
1 C 14 Director Administrativo
1 C 13 Sub Director Administrativo
1 C 10 Jefe de Sección Administrativo
1 C 06 Administrativo III Administrativo
1 F 10 Intendente Servicios
1 F 07 Auxiliar II Servicios
8
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