Fecha de Publicación: 29/09/2006
Página: 676-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

 Declárase que corresponde sustituir el inciso final del artículo 205 de
la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente:

"Los montos abatidos por aplicación del inciso anterior, se incrementarán
en el inciso 21 "Subsidios y Subvenciones" a favor de la Administración
de Ferrocarriles del Estado, en $ 264:300.052,oo (pesos uruguayos
doscientos sesenta y cuatro millones trescientos mil cincuenta y dos)
para cada Ejercicio presupuestal del período 2006-2009".

La asignación presupuestal tendrá la siguiente distribución por fuente de
financiamiento en los siguientes ejercicios:

Ejercicio     Rentas Generales     Endeudamiento Externo
     2006     255:324.233,oo       8:975.819.-
     2007     264:300.052,oo
     2008     264:300.052,oo
     2009     264:300.052,oo
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