Fecha de Publicación: 12/10/2011
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 5

 Inicialmente, y sin perjuicio de la creación posterior de otros, se
crearán los siguientes sub- fondos o fideicomisos:
a)  Fondo de Asistencia Técnica No Reembolsable;
b)  Fondo de Garantía de Crédito y de Instrumentos de Mercado de Valores;
c)  Fondo de Financiamiento;
d)  Fondo de Capital Semilla y de Capital de Riesgo;
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