Fecha de Publicación: 04/08/2009
Página: 341-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 2

 Modifícase el Artículo 5º del citado Decreto Nº 590/008, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
"Artículo 5º.- Créase una compensación por cumplimento de compromisos de
gestión celebrados de acuerdo a la reglamentación aprobada en el Artículo
2º. El monto de la compensación será el establecido en la tabla siguiente:

          CARGO                 Compromiso de Gestión (A
                                Valores de enero de 2008)
     TECNICOS DE               10% del monto establecido en
     PROGRAMACION Y CONTROL     la tabla del Artículo 3º

     ADMINISTRATIVOS DE        10% del monto establecido en
     FISCALIZACION              la tabla del Artículo 3º

     INSPECTOR SUPERVISOR      10% del monto establecido en
                                la tabla del Artículo 3º
     INSPECTOR                 10% del monto establecido en
                                la tabla del Artículo 3º
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