Fecha de Publicación: 23/07/2008
Página: 164-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 344/008

Reglaméntase la Ley 18.314, que crea el Impuesto de Asistencia a la
Seguridad Social (IASS).
(1.425*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 16 de Julio de 2008

VISTO: la Ley Nº 18.314 de 4 de julio de 2008 que crea el Impuesto de
Asistencia a la Seguridad Social (IASS).

CONSIDERANDO: que es necesario dictar un decreto orgánico que contenga las
normas reglamentarias necesarias para la aplicación del tributo.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168º de la
Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

         Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (I.A.S.S.)

Artículo 1

 Naturaleza del Impuesto.- El Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social
es un tributo anual de carácter personal y directo, que grava los ingresos
de fuente uruguaya correspondientes a jubilaciones, pensiones y
prestaciones de pasividad de similar naturaleza.

El sujeto activo de la relación jurídico tributaria es el Estado actuando
a través de la Dirección General Impositiva.

Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; DANILO ASTORI.
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