Fecha de Publicación: 23/07/2008
Página: 164-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 11

 Responsables sustitutos.- Determinación de la retención.- La
determinación de la retención a que refiere el artículo anterior se
realizará mensualmente, en las condiciones que establezca la Dirección
General Impositiva.
Ayuda