CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 15/11/1999.
Inclúyese en el artículo 5º del Decreto 401/991 de 5 de agosto de 1991 en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto 297/995 de 8 de agosto de 1995 al Secretario General de la Secretaría Nacional de Drogas.Ayuda