Fecha de Publicación: 31/12/2015
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Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 28

   Se prevé la contratación de becarios como primera experiencia laboral en las áreas administrativa y de servicios, entre hijos de colonos y estudiantes, para la realización de 17 (diecisiete) becas de trabajo como máximo, financiado con recursos propios y en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 51 de la Ley 18.719, debiendo en consecuencia el Organismo notificar la nómina de personas contratadas en régimen de beca a la Oficina Nacional del Servicio Civil a tales efectos.
   También se ha previsto el costo de pasantías que comprende la contratación de 10 pasantes Ingenieros Agrónomos jóvenes y dos Ingenieros Agrimensores financiado con recursos propios y en un todo de acuerdo con las disposiciones vigentes.
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