Decreto 354/008
Modifícase el inciso 3° del art. 23 del Decreto 308/995, con el fin de
asegurar la continuidad del funcionamiento del Consejo Consultivo de
Enseñanza Terciaria Privada.
(1.463*R)
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 23 de Julio de 2008
VISTO: la necesidad de asegurar la continuidad del funcionamiento del
Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada;
RESULTANDO: que el inciso 3° del Artículo 23 del Decreto 308/995 de 11 de
agosto de 1995 establece que los miembros de dicho Consejo Consultivo
permanecerán 3 años en sus cargos;
CONSIDERANDO: I) que los fines establecidos en el VISTO, corresponde
modificar el inciso 3° del precitado decreto, posibilitando la prórroga de
la designación de sus integrantes;
II) que asimismo corresponde convalidar la prórroga de las funciones de
los actuales integrantes;
ATENTO: A lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el inciso 3° del Artículo 23 del Decreto 308/995 de 11 de
agosto de 1995, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Los miembros del Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada que
permanecerán 3 años en sus cargos, actuarán con autonomía técnica en el
desempeño de sus funciones de tales y su permanencia no estará
condicionada al mantenimiento de la confianza del o los proponentes. El
Poder Ejecutivo podrá prorrogar hasta nueva designación el plazo de
actuación de los miembros del precitado Consejo Consultivo".
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; MARIA SIMON.