(Seguimiento).- La ANV revisará la información suministrada por el
beneficiario y controlará la ejecución de los proyectos, así como el
cumplimiento de los compromisos asumidos.
Dicho control se limitará única y exclusivamente a la constatación del
cumplimiento de los requisitos dispuestos por Ley N° 18.795 y sus normas
reglamentarias, y a los solos efectos de los beneficios otorgados.